3. Otras disposiciones. . (2025/128-25)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se dispone la publicación de la aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Área Logística de Majarabique, en los términos municipales de Sevilla y La Rinconada (Sevilla), y de las demás normas urbanísticas del citado Plan.
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Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda

BOJA

Secretaría
General
Técnica
Boletín Oficial de
la Junta
de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025

página 9388/41

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Hoja 44 de 57

ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL
TÉCNICA
d) La
gestión

de aceites usados y lubricantes empleados por la maquinaría de
construcción, industrial etc., habrá de realizarse conforme a la legislación vigente31.
32
b) El Proyecto
Obras y
deconforme
Urbanización
contener
un apartado
dedicado
a definir la
En este de
sentido,
a lodeberá
dispuesto
en laexpresamente
citada normativa
, queda
prohibido
naturalezatodo
y volumen
de
los
excesos
de
excavación
que
puedan
ser
generados
en
la
fase
de
ejecución,
vertido de aceites usados en aguas superficiales o subterráneas y en los sistemas
especificándose
el
destino
del
vertido
de
esas
de alcantarillado o de evacuación de aguas residuales; todo vertido de aceite usado,
tierras. o de los residuos derivados de su tratamiento, sobre el suelo y todo tratamiento de
c)aceite
Cualquier
residuo
pueda generarse
en alguna superior
de las fases
de desarrollo
de la en
actuación,
usado
que peligroso
provoqueque
contaminación
atmosférica
al nivel
establecido
deberá gestionarse
de
acuerdo
con
la
legislación
vigente
sobre
este
tipo
de
residuos.
la legislación sobre protección del ambiente atmosférico. Asimismo, los productores de
d)aceites
La gestión
de aceites
usados
y lubricantesen
empleados
por laadecuadas,
maquinaría de
construcción,
industrial etc.,
usados
deberán
almacenarlos
condiciones
evitando
las mezclas
31
habrá de realizarse
conforme
a
la
legislación
vigente
.
con agua o con otros residuos no oleaginosos; deberán disponer de instalaciones que
32
Enpermitan
este sentido,
y conforme a lo de
dispuesto
en la citada
normativa
, queda
prohibido
todo vertido
de aceites
la conservación
los aceites
usados
hasta su
recogida
y evitar
que los
usados endepósitos
aguas superficiales
subterráneas
y en los
los subterráneos,
sistemas de alcantarillado
o denocivos
evacuación
de aguas
de aceitesousados,
incluidos
tengan efectos
sobre
residuales;eltodo
vertido de aceite usado, o de los residuos derivados de su tratamiento, sobre el suelo y todo
suelo.
tratamiento dee)aceite
usado que
contaminación
atmosférica
superior
nivel establecido
en para
la legislación
El Proyecto
deprovoque
Obras de
Urbanización
establecerá
las al
medidas
oportunas
sobre protección
del ambiente
atmosférico.laAsimismo,
de aceites
usados
almacenarlos
en
garantizar,
en todo momento,
existencialos
deproductores
infraestructuras
capaces
dedeberán
garantizar
una
condiciones
adecuadas,
evitando
las
mezclas
con
agua
o
con
otros
residuos
no
oleaginosos;
deberán
disponer
de
gestión correcta de los residuos inertes derivados de la ejecución de la ordenación. La
instalaciones
que permitan
la conservación
de los
aceites usados
hasta
su recogida yescrupulosa
evitar que losendepósitos
de
retirada
de materiales
de desecho
y escombros
será
especialmente
los
aceites usados,
incluidos
los
subterráneos,
tengan
efectos
nocivos
sobre
el
suelo.
bordes de la actuación y serán adecuadamente tratados.
e) El f)
Proyecto
deLimpio
Obras que
de Urbanización
establecerá
las medidas
oportunas
para garantizar,
El Punto
se determinará
en el Proyecto
de Obras
de Urbanización
habráen todo
momento,delaestar
existencia
de
infraestructuras
capaces
de
garantizar
una
gestión
correcta
de
los
residuos
inertes
en servicio antes de la puesta en carga de los suelos.
derivados de la ejecución de la ordenación. La retirada de materiales de desecho y escombros será especialmente
escrupulosa en los bordes de la actuación y serán adecuadamente tratados.
f) El Punto Limpio que se determinará en elTÍTULO
ProyectoVII
de Obras de Urbanización habrá de estar en servicio
antes de la puesta en carga de los suelos.
CONDICIONES PARTICULARES DE ZONA
TÍTULO VII. CONDICIONES PARTICULARES DE ZONA.
CAPÍTULO I
CAPÍTULO I. Centro de Transporte de Mercancías (CTM).
Centro de Transporte de Mercancías (CTM)
Artículo 70. Régimen
sobre de
la Zona
deZona
Transporte
Artículo de
70.usos
Régimen
usosCentro
sobre la
Centrode
deMercancías
Transporte(CTM).
de Mercancías (CTM).

1. Ámbito: Comprende las manzanas denominadas CTM-1.1 a 1.5, ambas inclusive,
1. Ámbito:
Comprende
las manzanas
denominadas
CTMinclusive,
– 1.1 a las
1.5,manzanas
ambas inclusive,
las manzanas
las manzanas
denominadas
CTM-2.1
a 2.6, ambas
denominadas
denominadas
CTM

2.1
a
2.6,
ambas
inclusive,
las
manzanas
denominadas
CTM

3.1
a
3.6
ambas
inclusive y las
CTM-3.1 a 3.6 ambas inclusive y las manzanas denominadas CTM-4.1 a 4.6 ambas
manzanasinclusive,
denominadas
CTM

4.1
a
4.6
ambas
inclusive,
como
vemos
en
la
documentación
gráfica.
como vemos en la documentación gráfica.
2. El régimen de usos se ilustra en la tabla adjunta:
2. El régimen de usos se ilustra en la tabla adjunta:

31 Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de aceites industriales usados.
(en lo sucesivo, R.D. 679/2006).
32
Art. 5 Real Decreto 679/2006.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322986

31 Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de aceites industriales usados. (en lo sucesivo, RD 679/2006).
32 Art. 5 Real Decreto 679/2006.