3. Otras disposiciones. . (2025/128-25)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se dispone la publicación de la aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Área Logística de Majarabique, en los términos municipales de Sevilla y La Rinconada (Sevilla), y de las demás normas urbanísticas del citado Plan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025

página 9388/28

Artículo 30. Uso Espacios Libres y Zonas Verdes.
1. Corresponde a los terrenos de dominio público destinados a mejorar las condiciones
medioambientales, al ajardinamiento y a la contribución de la cualificación espacial y
paisajística y estética del área logística o al mero esparcimiento.
2. En cumplimiento de la legislación vigente16, la superficie mínima destinada a este
uso no será inferior al 10% de la superficie del Área Logística, excluido los viarios.
3. Estas Normas Urbanísticas no establecen categorías de uso dentro del uso
Espacios Libres y Zonas Verdes.
Artículo 31. Uso Viario.
1. Destinado a facilitar la movilidad de personas y vehículos, comprendiendo acera,
calzadas y aparcamientos anejos.
2. En virtud de su significado en la estructura de la correspondiente red, su condición
funcional, las características de diseño y la intensidad del tráfico prevista, se diferenciarán
las siguientes categorías:
a) Viario estructurante.
b) Viario complementario.
Artículo 32. Uso Servicios Técnicos.
1. Comprende los terrenos destinados a las dotaciones de infraestructuras para
el ciclo integral del agua, suministro energético, recogida selectiva de residuos,
telecomunicaciones y otras.
2. Estas Normas Urbanísticas se distinguen las siguientes categorías:
a) Centros de transformación.
b) Punto limpio.
c) Depósito acumulador.
d) Subestación eléctrica.
e) Telecomunicaciones
f) Otras infraestructuras.

Artículo 34. Uso Equipamientos de Utilidad Pública.
1. Comprende una relación de usos de carácter público destinados a completar las
prestaciones del Área Logística.
2. A título enunciativo, tenemos las siguientes categorías:
a) Servicios institucionales y administrativos.
b) Equipamiento socio-cultural.
c) Equipamiento deportivo.
d) Equipamiento sanitario-asistencial.
e) Equipamiento docente.
f) Otros equipamientos.

16

Art. 16.3 de la Ley 5/2001.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322986

Artículo 33. Uso Servicios Terciarios.
1. Comprende una relación de usos de carácter terciario destinado a empresas y
personas en general.
2. Dentro de este uso, tenemos las siguientes categorías:
a) Oficinas.
b) Locales comerciales.
c) Restauración.
d) Alojamiento.
e) Garaje-aparcamiento.