Autoridades y personal. . (2025/128-16)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, especialidad Arqueología.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
página 9502/5
Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo III de la presente resolución.
La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de
junio.
La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes
pasos a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de
Andalucía (https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), o, de forma directa, en la
dirección web https://lajunta.es/oepsolicitudes:
a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III).
b) La aportación de documentación en caso necesario.
c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de
exención del pago.
d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud.
2. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud el turno por el que
concurren, general o cupo de discapacidad, entendiéndose que optan por el turno general
si no hacen constar este dato, e identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta
convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo y
especialidad a que se aspira.
En el caso de que la persona participante que solicite expresamente participar por el
cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad no cumpla con los requisitos
previstos en el primer apartado de la base anterior, pasará a participar por el turno
general. Deberá, en este caso, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de diez días
hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución provisional
en la que aparezca como excluida en dicho turno general por no abono de la tasa.
3. Cada solicitud deberá ir acompañada, en su caso, de la siguiente documentación:
a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma, o, en su caso, documentación acreditativa en vigor de encontrarse
a la fecha de presentación de la solicitud en alguna de las situaciones legalmente
establecidas en la normativa autonómica vigente para la exención de la tasa.
b) Certificado acreditativo en vigor de la condición y grado de discapacidad o
resolución en vigor del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) En todo caso se debe aportar informe técnico en vigor en el que se fundamente la
solicitud de adaptación de los ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la
base tercera de la presente convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323101
el tiempo o para las medidas que para estos casos se determine en la normativa vigente.
Los órganos de selección podrán requerir un informe y, en su caso, la colaboración de los
órganos técnicos de la Consejería competente en materia de discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará
en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap),
pudiendo realizarse la consulta personalizada por las personas aspirantes en la dirección web
https://ws168.juntadeandalucia.es/adaptaciones.
3. Si alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado
por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera
plaza en dicho cupo, y su puntuación en el proceso selectivo fuera superior a la obtenida
por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación
en el turno general. En caso de que la puntuación fuera igual, regirán los criterios de
desempate establecidos en la base séptima de la presente resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
página 9502/5
Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo III de la presente resolución.
La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de
junio.
La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes
pasos a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de
Andalucía (https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), o, de forma directa, en la
dirección web https://lajunta.es/oepsolicitudes:
a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III).
b) La aportación de documentación en caso necesario.
c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de
exención del pago.
d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud.
2. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud el turno por el que
concurren, general o cupo de discapacidad, entendiéndose que optan por el turno general
si no hacen constar este dato, e identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta
convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo y
especialidad a que se aspira.
En el caso de que la persona participante que solicite expresamente participar por el
cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad no cumpla con los requisitos
previstos en el primer apartado de la base anterior, pasará a participar por el turno
general. Deberá, en este caso, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de diez días
hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución provisional
en la que aparezca como excluida en dicho turno general por no abono de la tasa.
3. Cada solicitud deberá ir acompañada, en su caso, de la siguiente documentación:
a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma, o, en su caso, documentación acreditativa en vigor de encontrarse
a la fecha de presentación de la solicitud en alguna de las situaciones legalmente
establecidas en la normativa autonómica vigente para la exención de la tasa.
b) Certificado acreditativo en vigor de la condición y grado de discapacidad o
resolución en vigor del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) En todo caso se debe aportar informe técnico en vigor en el que se fundamente la
solicitud de adaptación de los ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la
base tercera de la presente convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323101
el tiempo o para las medidas que para estos casos se determine en la normativa vigente.
Los órganos de selección podrán requerir un informe y, en su caso, la colaboración de los
órganos técnicos de la Consejería competente en materia de discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará
en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap),
pudiendo realizarse la consulta personalizada por las personas aspirantes en la dirección web
https://ws168.juntadeandalucia.es/adaptaciones.
3. Si alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado
por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera
plaza en dicho cupo, y su puntuación en el proceso selectivo fuera superior a la obtenida
por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación
en el turno general. En caso de que la puntuación fuera igual, regirán los criterios de
desempate establecidos en la base séptima de la presente resolución.