Autoridades y personal. . (2025/128-16)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, especialidad Arqueología.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025

página 9502/4

Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad
y adaptaciones de tiempos y medios.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33% será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando
al efecto si participa por el cupo de reserva a personas con discapacidad. Si no hacen
constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha condición deberá mantenerse
hasta que las personas aspirantes adquieran la condición de personal funcionario de
carrera.
1.3. Adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa en vigor de su condición de
persona con discapacidad emitido por órgano competente de la Junta de Andalucía o de
otras Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta electrónica en la fase de admisión
de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga a su comprobación en
la solicitud de participación. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser
expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas,
la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente la documentación acreditativa
junto con la solicitud de participación.
2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el cupo de
reserva, podrán solicitar adaptaciones razonables de tiempo, medios y accesibilidad que
se consideren necesarias para la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo
en su solicitud de participación en el apartado «Turno de participación, exenciones al
pago de la tasa y adaptaciones».
La solicitud de participación deberá ir acompañada, en todo caso, de informe técnico
en vigor emitido por el órgano competente, que permita constatar la relación entre la
discapacidad alegada y la adaptación solicitada para la prueba a realizar.
A efectos de valorar la procedencia de las adaptaciones solicitadas, se podrá requerir
a la persona candidata información adicional que se estime estrictamente necesaria.
La adaptación de tiempos, que, conforme dispone el artículo 21 del Decreto 51/2025,
de 24 de febrero, consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de
los ejercicios del proceso selectivo, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para
la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
Esta adaptación será garantizada a las madres de menores lactantes, siempre que
así lo solicitasen.
La adaptación de medios se efectuará mediante la puesta a disposición de la persona
aspirante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos, así como
de las ayudas técnicas o tecnológicas asistidas que precisen para la realización de
las pruebas en las que participen. A tales efectos, se garantizará la accesibilidad de
la información y la comunicación de los procesos selectivos, así como la del recinto o
espacio físico donde estos se desarrollen.
Las adaptaciones se otorgarán por las comisiones de selección en aquellos casos en
que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar y se concederá por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el
apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.