3. Otras disposiciones. . (2025/128-26)
Orden de 27 de junio de 2025, por la que se regula la acreditación en el vestuario de trabajo de la categoría profesional Celador y Celadora Forestal del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025

página 9461/4

con la producción normativa y la asistencia jurídica, el informe de los proyectos de
disposiciones de carácter general que emanen de la Consejería y la coordinación o, en
su caso, elaboración de las mismas dentro del ámbito de su competencia. En tal caso,
en la disposición final primera del proyecto de Orden, se faculta a la persona titular de
la Secretaría General Técnica de la Consejería con competencias en materia de medio
ambiente, para que, en el ámbito de sus competencias, dicte cuantas resoluciones sean
precisas para la aplicación, cumplimiento o desarrollo de lo dispuesto en la presente
orden.
Cumple también con el principio de transparencia de conformidad con el art. 129.5 de
la Ley 39/2015, ya que identifica claramente su propósito y durante el procedimiento de
elaboración de la norma se ha permitido la participación de las personas potencialmente
destinatarias a través del trámite de audiencia e información pública.
Por último, y en relación al principio de eficiencia del art. 129.5 «En aplicación
del principio de eficiencia, la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas
innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos
públicos». Así, el proyecto de Orden por el que se regula la acreditación en el vestuario
de la categoría profesional Celador y Celadora Forestal del VI Convenio Colectivo del
personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, no supone ninguna carga
administrativa ni accesoria, resultando en conclusión necesaria para la regulación de
este colectivo y para los recursos públicos que resultan afectados.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género en Andalucía, esta norma integra el principio de
igualdad de género de forma transversal en su elaboración, garantizando con ello un
impacto positivo en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
De la aplicación de los preceptos anteriormente citados se deduce la necesidad de
establecer una correcta acreditación e identificación de la categoría profesional Celador
y Celadora Forestal del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, requisito indispensable para una correcta
ejecución de los cometidos de dicho colectivo y, al mismo tiempo, garantía jurídica tanto
para los ciudadanos como para los propios empleados.
Por todo ello, a propuesta de la Secretaría General Técnica, conforme a lo establecido
en el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y en uso de las facultades que
me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente orden es de aplicación a todo el colectivo de personal laboral de la
categoría profesional Celador y Celadora Forestal del VI Convenio Colectivo del personal
laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323060

Artículo 1. Objeto.
El objeto de la presente orden es regular la acreditación en el vestuario de trabajo
de la categoría profesional Celador y Celadora Forestal del VI Convenio Colectivo del
personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, así como las condiciones
y requisitos de su uso, con la finalidad de garantizar su identificación y el ejercicio de sus
funciones de acuerdo con los principios de eficacia y transparencia hacia la ciudadanía.