Disposiciones generales. . (2025/128-1)
Orden de 27 de junio de 2025, por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
BoletínANEXO
Oficial
II yde
III la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Hoja 21 de 2
página 9483/21
ORGANISMO:
Contenido de la memoria económica justificativa:
□ El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
indicado en el artículo 27.2. a).1º del Texto Articulado.
□ El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
siguiente:
Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
En caso de existir costes generales y /o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin
necesidad de justificación:
□ No
□ Si. Determinaciones:
X 26.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor.
Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
El indicado en el articulo 27.2.a).2ª del Texto Articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
1.° Se presentará Memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2.° Informe de una persona auditora de cuentas inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores
de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que llevará a cabo la
revisión de la cuenta justificativa con el alcance que se determina en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de
mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los
trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal,
previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La revisión de la cuenta justificativa incluirá, además:
00323083
1º.- La revisión del cumplimiento del requisito de inicio de la inversión mediante acta notarial del inicio de
los trabajos de construcción, justificación de la adquisición de nave, terreno u otros elementos necesarios
para el proyecto, o bien mediante la aportación de cualquier compromiso en firme para el pedido de
equipos u otro compromiso que evidencie la decisión de acometer la inversión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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II yde
III la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Hoja 21 de 2
página 9483/21
ORGANISMO:
Contenido de la memoria económica justificativa:
□ El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
indicado en el artículo 27.2. a).1º del Texto Articulado.
□ El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
siguiente:
Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
En caso de existir costes generales y /o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin
necesidad de justificación:
□ No
□ Si. Determinaciones:
X 26.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor.
Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
El indicado en el articulo 27.2.a).2ª del Texto Articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
1.° Se presentará Memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2.° Informe de una persona auditora de cuentas inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores
de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que llevará a cabo la
revisión de la cuenta justificativa con el alcance que se determina en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de
mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los
trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal,
previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La revisión de la cuenta justificativa incluirá, además:
00323083
1º.- La revisión del cumplimiento del requisito de inicio de la inversión mediante acta notarial del inicio de
los trabajos de construcción, justificación de la adquisición de nave, terreno u otros elementos necesarios
para el proyecto, o bien mediante la aportación de cualquier compromiso en firme para el pedido de
equipos u otro compromiso que evidencie la decisión de acometer la inversión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja