Disposiciones generales. . (2025/128-1)
Orden de 27 de junio de 2025, por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
BoletínANEXO
Oficial
II yde
III la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
Hoja 22 de 2
página 9483/22
INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
ORGANISMO:
2º.- El cumplimiento de los requisitos para presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviada en el caso
de presentar declaración responsable para acreditar el cumplimiento del artículo 13.3.bis de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
3º.- Que la actividad económica principal (según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas
CNAE-2009) coincida con la indicada en la solicitud.
4º.- Que se cumplen las obligaciones específicas en materia de publicidad.
5º.- La correcta aplicación de lo módulos contemplados en el apartado 5 del cuadro resumen, debiendo
figurar la superficie comprobada y verificada.
6º.- En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, inscribibles
en un registro público, hacer constar en la escritura la afección al destino por el que se concedió la subvención,
así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el
registro de la propiedad.
7º.- Que cuenta con informe de tasación homologada por el Banco de España en el caso de adquisición de un
bien inmueble.
8º.- Que cuando el importe del gasto subvencionable su pere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos
del Sector público para el contrato menor, que el beneficiario ha solicitado como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación
del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado
suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere
realizado con anterioridad a la subvención.
Que la elección entre las ofertas presentadas se ha realizado conforme a criterios de eficiencia y
economía, justificándose expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta
económica más ventajosa.
9º.- La información relacionada con el empleo creado y/o mantenido desagregado por género.
10º.- Que todos los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales han
sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su
defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de
lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
00323083
Contenido de la memoria económica abreviada:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRATIVA
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BOJA
BoletínANEXO
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II yde
III la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
Hoja 22 de 2
página 9483/22
INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
ORGANISMO:
2º.- El cumplimiento de los requisitos para presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviada en el caso
de presentar declaración responsable para acreditar el cumplimiento del artículo 13.3.bis de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
3º.- Que la actividad económica principal (según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas
CNAE-2009) coincida con la indicada en la solicitud.
4º.- Que se cumplen las obligaciones específicas en materia de publicidad.
5º.- La correcta aplicación de lo módulos contemplados en el apartado 5 del cuadro resumen, debiendo
figurar la superficie comprobada y verificada.
6º.- En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, inscribibles
en un registro público, hacer constar en la escritura la afección al destino por el que se concedió la subvención,
así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el
registro de la propiedad.
7º.- Que cuenta con informe de tasación homologada por el Banco de España en el caso de adquisición de un
bien inmueble.
8º.- Que cuando el importe del gasto subvencionable su pere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos
del Sector público para el contrato menor, que el beneficiario ha solicitado como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación
del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado
suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere
realizado con anterioridad a la subvención.
Que la elección entre las ofertas presentadas se ha realizado conforme a criterios de eficiencia y
economía, justificándose expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta
económica más ventajosa.
9º.- La información relacionada con el empleo creado y/o mantenido desagregado por género.
10º.- Que todos los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales han
sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su
defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de
lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
00323083
Contenido de la memoria económica abreviada:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja