5. Anuncios. . (2025/126-61)
Anuncio de 27 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente la Modificación del PGOU, Sector SR-6 «Los Llanos» de Antas (Almería).
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Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
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- Que los trabajos se realicen en los terrenos fijados a tal efecto, no ocupándose
ninguna otra superficie. Si este extremo fuese necesario, le corresponderá a la Dirección
de Obra su análisis y toma de decisiones, tomando las medidas más convenientes al
respecto. En todo caso, los trabajos previos y de implantación quedarán situados dentro
de los límites de la superficie de actuación. Igualmente, se verificará el riego frecuente de
los accesos y zonas de trabajo, a fin de evitar la formación de polvo.
- Una vez iniciada la implantación se comprobará que la maquinaria cumple la
normativa legal vigente en cuanto a emisión de ruidos, verificándose igualmente la
existencia de ruidos anormales de la maquinaria en las pruebas de puesta en marcha, a fin
de introducir las actuaciones que procedan (engrases, cambio de cojinetes deteriorados,
tubos de escape, régimen de trabajo, rozamientos, etc.).
2.1.2.3. Plan de Control durante la Fase de Explotación.
También aquí se trata de comprobar que se cumplen y son adecuadas las medidas
preventivas y correctoras previstas.
Reiteramos que el seguimiento en explotación deberá dirigirse principalmente en
cuanto a la restauración realizada (creación de zonas verdes) y, a las prescripciones que
puedan reflejarse en la Declaración Ambiental Estratégica.
2.1.2.4. Redacción de Informes.
Añadidos a los informes a presentar a la Dirección de Obra en función de la evolución
de la ejecución, durante la explotación se redactarán informes de seguimiento de factores
clave que sean considerados por la DT de Desarrollo Sostenible.
Así mismo, se redactará un informe, a la finalización de obras puntales en aquellos
elementos que se requieran, de seguimiento de las actuaciones referidas como medidas
de protección y/o corrección.
Al año de la finalización de la obra, se elaborará un nuevo informe en cuanto a la
compatibilidad de la actuación con los factores más relevantes que se han considerado:
- Afecciones en el entorno de las actuaciones que mantenga su clasificación de SNU
de carácter natural o rural en los linderos (ppte. Oeste) del futuro Sector
- Avifauna.
- Testudo graeca (en base a las medidas recogidas de prospección, aunque sea
improbable la presencia de dicha especie).
Se reflejará la evolución de las actuaciones realizadas y se incorporarán las
conclusiones que se establezcan.
Dichos Informes se dirigirán a la Delegación Territorial de Almería de Desarrollo
Sostenible.
2.2. Recomendaciones específicas sobre los condicionantes y singularidades a
considerar en los procedimientos de prevención ambiental exigibles a las actuaciones de
desarrollo del planeamiento.
El presente Estudio Ambiental Estratégico se ha realizado de forma general teniendo
en cuenta el desarrollo actual del Término Municipal de Antas, en consideración del
cambio climático y, a la afección a los elementos ambientales presentes.
Si las actuaciones a desarrollar objeto de la inclusión de la innovación se encontraran
recogidas en el Anexo núm.1 de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental (GICA) de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sus Proyectos deberán ser
sometidos a la Tramitación Ambiental correspondiente (AAI, AAU, CA, CADR), según lo
dispuesto en dicha ley.
De igual forma, si no aparecen recogidas en dichos Anexos pero son consideradas
como potencialmente contaminantes, les será de aplicación la Legislación Medioambiental
Vigente.
3.Condicionantes de la declaración ambiental estratégica.
Con fecha 7.10.2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul en Almería de la Consejería de Sostenibilidad y Medio ambiente de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00322924

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