5. Anuncios. . (2025/126-61)
Anuncio de 27 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente la Modificación del PGOU, Sector SR-6 «Los Llanos» de Antas (Almería).
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Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
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• Grado de cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras establecidas.
• Correcciones y/o concreciones puntuales precisas, del conjunto de medidas
establecidas.
- Evaluación y control de calidad de los materiales vegetales definidos en la elección
de especie a diseñar en las actuaciones de restauración ambiental en zonas verdes, cuyo
suministro realicen los viveros contratados.
- Informar a la Dirección de Obra para que proceda a la aceptación o rechazo de los
materiales suministrados.
- Elaborar Informes de Seguimiento con posterioridad a la actuación.
Debemos remarcar la necesidad de que en el desarrollo se elabore un Plan de
Gestión Medioambiental al inicio de las obras, con los protocolos de gestión ambiental
que se consideren necesarios por el Órgano contratante en función de las medidas aquí
contempladas y de los condicionados que puedan establecerse a partir de la Declaración
Ambiental Estratégica.
Los informes y registros que se puedan generar, se integraran junto con la
documentación que se genere y que deberá estar supeditada a lo que en el aspecto de
comunicaciones y condicionantes exija la Declaración Ambiental Estratégica asociada al
desarrollo de la innovación.
2.1.2. Descripción del Programa de Vigilancia Ambiental.
2.1.2.1. Introducción.
El Programa de Vigilancia y Control Ambiental tiene como función básica
establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas
protectoras, protectoras y correctoras establecidas, así como contemplar dos aspectos
complementarios como son, la calidad estructural de la actuación y la vigilancia ambiental.
El Programa consiste en la realización de los siguientes controles y análisis, en base
a la relación de medidas establecidas con anterioridad.
- Vigilancia del marcaje del área afectada por la obra y de las zonas a preservar (en
su caso, jalonamiento/vallado perimetral)
- Gestión de accesos y conservación de caminos.
- Control de la ubicación y uso de las instalaciones.
- Control de la maquinaria que pueda participar en obras asociadas a los elementos
a proteger.
- Control de la contaminación atmosférica.
- Gestión integrada de tierras y materiales de obra.
- Vigilancia de vertidos y control de residuos.
- Vigilancia de las operaciones de retirada, acopio y extendido de la tierra vegetal.
- Si bien no queda representada en el interior del futuro, vigilancia de la afección
sobre la vegetación y flora.
- Gestión de los trabajos de restauración de la vegetación.
- Vigilancia de las obras de drenaje.
- Control de las medidas para la protección de la fauna.
- Control de la adecuación morfológica y paisajística.
- Control del patrimonio cultural. Vigilancia Arqueológica
- Seguimiento en explotación, en el caso de poner en valor los distintos elementos.
El Plan de Vigilancia propuesto corresponderá a las siguientes fases del desarrollo:
- Ejecución.
- Explotación.
2.1.2.2. Plan de Control durante la Fase de Ejecución.
En esta fase hay que comprobar durante la ejecución que las medidas indicadas en el
apartado anterior se cumplen y son efectivas, especialmente:
- Cumplimiento de los condicionantes establecidos en las Autorizaciones previas,
principalmente dirigidas a actuaciones de restauración (Zonas verdes).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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