3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
113 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/97
en que la evaluación de cargas administrativas y análisis de criterios de simplificación ya se viene
efectuando por la SGAP en su informe, incorporándose apartados concretos al respecto, todo ello
sin perjuicio de que a futuro pueda plantearse una estandarización del apartado del informe en aras
a una mayor claridad y sencillez.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El primer párrafo de la alegación expone el desarrollo de una guía para la aplicación de la MAIN.
Este documento se cita en el punto A.37, facilitándose un enlace a la misma.
Continua la alegación señalando la existencia de un plan de formación y las acciones desarrolladas
por la DGAPSA para facilitar la implantación de la MAIN. Por último, se reitera el papel de la SGAP
antes de la implantación de la nueva memoria, asunto que ha sido tratado en la alegación nº 6.
Por todo ello, la alegación no se admite pues detalla las medidas implementadas para acometer la
correcta implantación de la MAIN, algunas de las cuales han sido anticipadas en este informe.
ALEGACIÓN Nº 16, AL PUNTO 92 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
En relación con esta recomendación, resulta conveniente insistir en que la Dirección General de
Administración Territorial y Simplificación normativa, comenzó a funcionar como centro directivo
en septiembre de 2022, asumiendo las competencias en materia de simplificación, sin perjuicio de
las competencias de la Secretaría General para la Administración Pública. Este órgano
administrativo, una vez iniciada su andadura, se concentró en hacer un diagnóstico de las carencias
y necesidades de la Administración autonómica en materia de simplificación que culminaron, entre
otras actuaciones, en febrero de 2024 con al anuncio del proyecto “Plan Andalucía Simplifica”.
Asimismo, y sin perjuicio de que el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, no esté siendo objeto de
análisis en esta auditoría operativa sobre las disposiciones en materia de simplificación
administrativa, se informa que para abordar el seguimiento de las medidas recogidas en el citado
Decreto-ley se ha diseñado, en colaboración con las correspondientes Viceconsejerías, un cuadro de
mando con indicadores de ejecución y resultados, asociados a las distintas medidas, que permita
hacer el seguimiento y medir en última instancia el impacto de las actuaciones implementadas por
los órganos responsables, para rendir cuentas y poder tomar nuevas decisiones en materia de
simplificación basadas en los resultados obtenidos.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El primer párrafo de la alegación hace referencia a las competencias en materia de simplificación,
que recaen en la DGAPSA y en la SGAP. Este asunto está claramente detallado en el epígrafe 2 del
informe relativo a la responsabilidad de la Junta de Andalucía.
00322296
La alegación se completa con las medidas de seguimiento previstas para el Decreto-ley 3/2024, que,
como indica la propia alegación, no han conformado el alcance objetivo del informe (puntos 31 y
33).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/97
en que la evaluación de cargas administrativas y análisis de criterios de simplificación ya se viene
efectuando por la SGAP en su informe, incorporándose apartados concretos al respecto, todo ello
sin perjuicio de que a futuro pueda plantearse una estandarización del apartado del informe en aras
a una mayor claridad y sencillez.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El primer párrafo de la alegación expone el desarrollo de una guía para la aplicación de la MAIN.
Este documento se cita en el punto A.37, facilitándose un enlace a la misma.
Continua la alegación señalando la existencia de un plan de formación y las acciones desarrolladas
por la DGAPSA para facilitar la implantación de la MAIN. Por último, se reitera el papel de la SGAP
antes de la implantación de la nueva memoria, asunto que ha sido tratado en la alegación nº 6.
Por todo ello, la alegación no se admite pues detalla las medidas implementadas para acometer la
correcta implantación de la MAIN, algunas de las cuales han sido anticipadas en este informe.
ALEGACIÓN Nº 16, AL PUNTO 92 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
En relación con esta recomendación, resulta conveniente insistir en que la Dirección General de
Administración Territorial y Simplificación normativa, comenzó a funcionar como centro directivo
en septiembre de 2022, asumiendo las competencias en materia de simplificación, sin perjuicio de
las competencias de la Secretaría General para la Administración Pública. Este órgano
administrativo, una vez iniciada su andadura, se concentró en hacer un diagnóstico de las carencias
y necesidades de la Administración autonómica en materia de simplificación que culminaron, entre
otras actuaciones, en febrero de 2024 con al anuncio del proyecto “Plan Andalucía Simplifica”.
Asimismo, y sin perjuicio de que el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, no esté siendo objeto de
análisis en esta auditoría operativa sobre las disposiciones en materia de simplificación
administrativa, se informa que para abordar el seguimiento de las medidas recogidas en el citado
Decreto-ley se ha diseñado, en colaboración con las correspondientes Viceconsejerías, un cuadro de
mando con indicadores de ejecución y resultados, asociados a las distintas medidas, que permita
hacer el seguimiento y medir en última instancia el impacto de las actuaciones implementadas por
los órganos responsables, para rendir cuentas y poder tomar nuevas decisiones en materia de
simplificación basadas en los resultados obtenidos.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El primer párrafo de la alegación hace referencia a las competencias en materia de simplificación,
que recaen en la DGAPSA y en la SGAP. Este asunto está claramente detallado en el epígrafe 2 del
informe relativo a la responsabilidad de la Junta de Andalucía.
00322296
La alegación se completa con las medidas de seguimiento previstas para el Decreto-ley 3/2024, que,
como indica la propia alegación, no han conformado el alcance objetivo del informe (puntos 31 y
33).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja