3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/102

En todo caso, los resultados de inversión y empleo se exponen en la conclusión 58. En cuanto a la
encuesta para medir el grado de satisfacción, entendida como medida a implantar, se ha
considerado en la conclusión 75 y en la recomendación 93. De forma más concreta, esta medida se
detalla en el punto A.74.6).
Por tanto, la alegación no se atiende completamente porque sugiere cuestiones que han sido
tenidas en cuenta en el informe.
ALEGACIÓN Nº 21, AL PUNTO A.13 (ALEGACIÓN ADMITIDA)
ALEGACIÓN Nº 22, AL PUNTO A.20 (ALEGACIÓN ADMITIDA)
ALEGACIÓN Nº 23, AL PUNTO A.26 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
En relación con el Plan de Mejora de la Gestión de la Junta de Andalucía, la situación que se describe
es que no consta su elaboración, si bien se debe precisar que, a tenor de la documentación remitida
y de acuerdo con lo expuesto en el apéndice A51, en la sesión constitutiva de la CICETA, de fecha 19
de noviembre de 2023, se presentó ya un borrador de este Plan.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La aclaración recogida en la alegación está incluida en el punto A.27.2), inmediatamente después
del cuadro nº 7 del punto A.26. Por tanto, no se considera necesario reiterarlo de forma anticipada.
ALEGACIÓN Nº 24, AL PUNTO A.29 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Nos remitimos a las alegaciones realizadas en los apartados 44, 48 y 83 del presente informe de
alegaciones.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Esta alegación se remite a la realizada para los puntos 44, 48 y 83 (alegaciones nº 2, 3 y 10), por lo
que, de igual manera, las observaciones son las mismas:
La alegación expone la situación del “Manual para la simplificación de procedimientos y
agilización de trámites”, señalando la necesidad de actualizarlo. En estos mismos términos
se expresa el segundo párrafo del punto 48 y la recomendación del punto 83. Esta última
propone elaborar un nuevo manual o actualizar el existente.
Por tanto, la alegación no se admite dado que no contraviene el contenido del informe y
señala las medidas que tienen previsto adoptarse.

00322296

ALEGACIÓN Nº 25, AL PUNTO A.37 (ALEGACIÓN ADMITIDA)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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