3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/101

En concreto, en el año 2023 se impartieron varias jornadas sobre simplificación administrativa en
Servicios Centrales, en la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), en la Federación
Onubense de Empresarios (FOE), en la Confederación de Empresarios del Sur (CESUR) y también se
impartió otra a los Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (COSITAL).
Asimismo, en el año 2024 se llevaron a cabo varias jornadas sobre simplificación administrativa en
las ocho provincias andaluzas, y otras a nivel externo que han tenido como destinatarios a la
Federación Andaluza de Municipios y Provincias, (FAMP), a los Secretarios, Interventores y Tesoreros
de la Administración Local (COSITAL) y a la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA).
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La alegación expone las medidas tomadas por la DGAPSA para facilitar el cumplimiento de esta
recomendación por parte de los gestores responsables de los procedimientos susceptibles de
simplificación. Se trata de jornadas de divulgación llevadas a cabo en 2023 y 2024 destinadas a
agentes externos de la Administración autonómica en calidad de usuarios de la misma (empresarios
y habilitados de carácter nacional de las corporaciones locales). Realmente y sin perjuicio de la
pertinencia y oportunidad de estas jornadas, no estaban dirigidas a los gestores de los
procedimientos.
Por tanto, la alegación no se atiende porque indica las medidas tomadas que, además, no estarían
orientadas a las personas explícitamente señaladas en la alegación.
ALEGACIÓN Nº 20, AL PUNTO A.4 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
Las ratios que aparecen en el documento no se ajustan a la realidad puesto que la UAP no tramita
los proyectos, ni los presenta. Teniendo en cuenta el marco normativo de la Unidad Aceleradora de
Proyectos, se considera que la mejor forma de medir los resultados de la UAP es, por un lado,
contabilizando el número de proyectos asignados anualmente a la misma, junto con la inversión y
el empleo que estos suponen y, por otro lado, la satisfacción de las empresas que se han beneficiado
de los servicios prestados por esta Unidad.
De acuerdo con ello, se sugiere que los indicadores para este subobjetivo midan el número de
proyectos asignados a la UAP, el número de proyectos finalizados en la UAP, el estado de
tramitación de los no finalizados y el grado de satisfacción de las entidades promotoras (medido a
través de una encuesta de satisfacción).
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

00322296

La alegación sugiere cuáles deberían ser los indicadores utilizados para revisar los resultados de la
UAP, dentro del enfoque metodológico del informe. Salvo la posibilidad de cambiar “proyectos
tramitados” por “proyectos asignados”, el resto de la sugerencia detalla la información que
realmente se ha fiscalizado a partir de los datos suministrados de inversión y empleo, en los
términos indicados en la alegación. El indicador “Outputs obtenidos sobre los previstos” es una
expresión genérica para abarcar los posibles resultados, sean de inversión, empleo, duración o
cualquier otro.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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