3. Otras disposiciones. . (2025/116-41)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los contratos tramitados de emergencia en 2020 y la contratación menor celebrada por el Ayuntamiento de Almería en 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8696/44
Por tanto, y vistos los puntos expresados en el informe de necesidad que se requería que aportaran
los licitadores para concurrir a esta licitación, y posteriormente reflejados en un proyecto/memoria
de actuaciones, cabe concluir que lo que se pretendía con esta licitación es que el Ayuntamiento de
Almería contratase una empresa especializada en la gestión de eventos con un claro matiz artísticolúdico, no estando vinculado el objeto del contrato al de suministro de carpas. De este modo, igualmente se pueden apreciar estos matices en las actividades desarrolladas e incluidas en la memoria
presentada en este Ayuntamiento por la empresa de dirección del evento de fecha 9/12/2021, la
cual se adjunta como documento 4.
Por todo lo anteriormente expuesto fue necesaria la contratación de estos servicios de forma separada al posterior contrato de “Suministro, instalación, montaje y desmontaje de equipamiento para
Evento Feria Animal”, adjudicado por la Junta de Gobierno Local a la mercantil CRASH MUSIC S.L
por importe de 13.884,02 €. Igualmente, en el informe de necesidad de este último contrato, de
fecha 28/10/2021, ya se especificaba que se había licitado el anterior contrato menor de dirección
de evento, y que la empresa propuesta como adjudicataria había presentado un proyecto de la actividad en donde se desglosaban tanto las actividades que se iban a llevar a cabo como los medios
que necesitaba. Este contrato de suministro se publicó en la Plataforma de Contratación del Ayuntamiento de Almería (VORTAL), nº de expediente 2623/2021 y con fecha 29/10/2021. Se otorgó un
plazo límite de presentación de ofertas hasta el día 5/11/2021. Como se puede observar, igualmente
este procedimiento de licitación fue aún más garantista con la libre concurrencia que lo expresado
en el artículo 118 de la LCSP/2017 sobre el expediente de contratación menor. A esta última licitación se presentaron cuatro empresas.
2.- En relación con los contratos correspondientes a los expedientes CM 23.2021 (Compra de portátiles), CM 39.2021 (Compra de ordenadores de sobremesa) y el CM 6.2021 (Suministro de cuarenta
y dos (42) ordenadores portátiles), se ha de poner de manifiesto lo siguiente:
El contrato CM 6.2021 (Suministro de cuarenta y dos (42) ordenadores portátiles) se trata de una
contratación realizada en el seno de un convenio denominado “CAIXA BRECHA DIGITAL” para la
dotación a los centros de Servicios Sociales de equipamiento informático. Esta contratación se realiza ad hoc para el cumplimiento del referido convenio y, por consiguiente, consideramos que debe
separarse del resto de expedientes citados, sin que quepa, a nuestro juicio, inferir fraccionamiento,
ni falta alguna de planificación en este caso.
En cuanto a los otros dos expedientes citados CM 23.2021 (Compra de portátiles), CM 39.2021
(Compra de ordenadores de sobremesa) ya fueron apreciadas desde la Dirección de Gestión Presupuestaria y Económica de este Ayuntamiento - unidad encargada de su tramitación- las circunstancias que manifiesta la Cámara de Cuentas en su informe, lo que motivó que desde Gestión Presupuestaria se solicitase con fecha 24 de marzo de 2021 informe al Servicio de Tecnologías de la Información al objeto de que justificasen los motivos para no haber acumulado los expedientes CM
23.2021 y CM 25.2021 .
“Por una parte, el expediente de contratación para el SUMINISTRO DE QUINCE (15) ORDENADORES
PORTÁTILES, con número de referencia CM-23/2015, cuyo objeto se basa en la necesidad, debido a
las excepcionales circunstancias en las que nos encontramos, de dar cumplimiento a la II Instrucción
de Medidas Organizativas Excepcionales Temporales contra el Coronavirus (COVID-19) en el marco
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322295
El Servicio de Tecnologías de la Información emitió informe justificativo de fecha 26 de marzo de
2021, obrante en el expediente, en el que expuso la siguiente motivación:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8696/44
Por tanto, y vistos los puntos expresados en el informe de necesidad que se requería que aportaran
los licitadores para concurrir a esta licitación, y posteriormente reflejados en un proyecto/memoria
de actuaciones, cabe concluir que lo que se pretendía con esta licitación es que el Ayuntamiento de
Almería contratase una empresa especializada en la gestión de eventos con un claro matiz artísticolúdico, no estando vinculado el objeto del contrato al de suministro de carpas. De este modo, igualmente se pueden apreciar estos matices en las actividades desarrolladas e incluidas en la memoria
presentada en este Ayuntamiento por la empresa de dirección del evento de fecha 9/12/2021, la
cual se adjunta como documento 4.
Por todo lo anteriormente expuesto fue necesaria la contratación de estos servicios de forma separada al posterior contrato de “Suministro, instalación, montaje y desmontaje de equipamiento para
Evento Feria Animal”, adjudicado por la Junta de Gobierno Local a la mercantil CRASH MUSIC S.L
por importe de 13.884,02 €. Igualmente, en el informe de necesidad de este último contrato, de
fecha 28/10/2021, ya se especificaba que se había licitado el anterior contrato menor de dirección
de evento, y que la empresa propuesta como adjudicataria había presentado un proyecto de la actividad en donde se desglosaban tanto las actividades que se iban a llevar a cabo como los medios
que necesitaba. Este contrato de suministro se publicó en la Plataforma de Contratación del Ayuntamiento de Almería (VORTAL), nº de expediente 2623/2021 y con fecha 29/10/2021. Se otorgó un
plazo límite de presentación de ofertas hasta el día 5/11/2021. Como se puede observar, igualmente
este procedimiento de licitación fue aún más garantista con la libre concurrencia que lo expresado
en el artículo 118 de la LCSP/2017 sobre el expediente de contratación menor. A esta última licitación se presentaron cuatro empresas.
2.- En relación con los contratos correspondientes a los expedientes CM 23.2021 (Compra de portátiles), CM 39.2021 (Compra de ordenadores de sobremesa) y el CM 6.2021 (Suministro de cuarenta
y dos (42) ordenadores portátiles), se ha de poner de manifiesto lo siguiente:
El contrato CM 6.2021 (Suministro de cuarenta y dos (42) ordenadores portátiles) se trata de una
contratación realizada en el seno de un convenio denominado “CAIXA BRECHA DIGITAL” para la
dotación a los centros de Servicios Sociales de equipamiento informático. Esta contratación se realiza ad hoc para el cumplimiento del referido convenio y, por consiguiente, consideramos que debe
separarse del resto de expedientes citados, sin que quepa, a nuestro juicio, inferir fraccionamiento,
ni falta alguna de planificación en este caso.
En cuanto a los otros dos expedientes citados CM 23.2021 (Compra de portátiles), CM 39.2021
(Compra de ordenadores de sobremesa) ya fueron apreciadas desde la Dirección de Gestión Presupuestaria y Económica de este Ayuntamiento - unidad encargada de su tramitación- las circunstancias que manifiesta la Cámara de Cuentas en su informe, lo que motivó que desde Gestión Presupuestaria se solicitase con fecha 24 de marzo de 2021 informe al Servicio de Tecnologías de la Información al objeto de que justificasen los motivos para no haber acumulado los expedientes CM
23.2021 y CM 25.2021 .
“Por una parte, el expediente de contratación para el SUMINISTRO DE QUINCE (15) ORDENADORES
PORTÁTILES, con número de referencia CM-23/2015, cuyo objeto se basa en la necesidad, debido a
las excepcionales circunstancias en las que nos encontramos, de dar cumplimiento a la II Instrucción
de Medidas Organizativas Excepcionales Temporales contra el Coronavirus (COVID-19) en el marco
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322295
El Servicio de Tecnologías de la Información emitió informe justificativo de fecha 26 de marzo de
2021, obrante en el expediente, en el que expuso la siguiente motivación: