3. Otras disposiciones. . (2025/116-41)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los contratos tramitados de emergencia en 2020 y la contratación menor celebrada por el Ayuntamiento de Almería en 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8696/40

Por otro lado, no hay constancia de la fecha efectiva de inicio de los contratos, y en varios casos, si
consideramos las fechas previstas inicialmente en el decreto de adjudicación se incumple en muchos la duración de 1 mes, hecho que como hemos comentado puede deberse a las circunstancias
excepcionales de la crisis del coronavirus.

ALEGACIÓN Nº 3 AL PUNTO 26 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Con referencia a la observación contenida en el informe provisional que viene a poner de manifiesto
que “ En ningún caso, se realiza la notificación electrónica de la adjudicación al contratista, incumpliendo así lo dispuesto en la Disposición Adicional 15ª de la LCSP”, se ha de señalar que:
1.- Las notificaciones de las adjudicaciones de las contrataciones de emergencia tanto a la Contabilidad Municipal como a los adjudicatarios se notificaron por correo electrónico debido a las circunstancias extraordinarias y excepcionales en que nos encontrábamos en esas fechas motivada
por el confinamiento decretado por el Gobierno de España que mermaron considerablemente la
disponibilidad de medios técnicos unido todo ello a la necesidad de actuar con carácter inmediato
ante la situación de emergencia existente. El correo electrónico se mostró entonces como el único
medio posible para efectuar dichas notificaciones que fueron recibidas sin ningún problema por adjudicatarios y la Unidad de Contabilidad. A esto hay que añadir que hasta entonces todas nuestras
licitaciones se habían efectuado a través de la plataforma de licitación electrónica de VORTAL que
posibilitaba la notificación electrónica de los distintos actos que se producen en un procedimiento
de adjudicación según dispone la DA 15 de la LCSP, pero la misma no contemplaba la posibilidad de
tramitar procedimientos de emergencia por lo que, antes estas circunstancias extraordinarias, nos
vimos obligados a utilizar medios de comunicación que no venían siendo los habituales.
En su momento se facilitaron a ese organismo, mediante correo electrónico de fecha 20 de marzo
de 2024, la documentación acreditativa de la realización las notificaciones de los contratos de emergencia. Se adjuntan dichas notificaciones incluidas en el Documento 1.
2.- Si bien dichas notificaciones no se pueden considerar notificaciones electrónicas desde el punto
de vista legal, lo cierto es que surtieron los efectos correspondientes de modo que tanto el contratista, como la Sección de Contabilidad y la Delegación de Área encarga-da de la ejecución del contrato tuvieron acceso al contenido de los decretos de adjudicación en los que se recogían los elementos del contrato, las condiciones de ejecución y el plazo de duración o ejecución de los mismos
y la fecha de inicio de la ejecución, es decir, la información suficiente para ejecutar el contrato,
controlar su realización – tanto desde el punto de vista material como desde el punto de vista de la
ejecución del gasto- y abonar las prestaciones objeto del mismo.

4.- Por último, indicar que, en mayo de 2023, se puso en funcionamiento, en el ámbito del Ayuntamiento de Almería, tras la celebración del correspondiente contrato de servicios, la plataforma de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322295

3.- Por otra parte, se ha de poner de manifiesto que el Ayuntamiento de Almería, desde agosto de
2018, licita sus contratos- tanto menores como no menores - electrónicamente. Desde la fecha señalada hasta el 15 de noviembre de 2022, utilizó la plataforma de licitación electrónica VORTAL y
desde entonces licita a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. En todos los procedimientos llevados a cabo a través de estas plataformas y en la fase de licitación del contrato, las
notificaciones que se cursan en el marco de cada uno de los procedimientos de adjudicación son
notificaciones electrónicas.