Disposiciones generales. . (2025/106-2)
Orden de 27 de mayo de 2025, por la que se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones de las actuaciones adscritas en 2024 al Programa de Fomento del Parque de Viviendas en Alquiler o de Cesión de uso en Andalucía, según la Orden de 4 de mayo de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7611/2

la Orden de 4 de mayo de 2023, por la que se regula la adscripción de actuaciones al
programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso
en Andalucía y la concesión de subvenciones a las mismas.
2. La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 4 de mayo de
2023.
3. De igual forma, se aprueban por la presente orden: Anexo I de Modelo de solicitud
y subsanación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección de actuaciones de fomento
del parque de viviendas protegidas en alquiler o cesión del uso, de conformidad con lo
establecido en el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en
Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, en
sus artículos 25 y 26 y en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el
Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas interesadas cuyas
actuaciones hayan sido adscritas en 2024 al programa de fomento del parque de viviendas
en alquiler o cesión de uso, en cualquiera de las líneas descritas en el artículo 1.1 de la
Orden de 4 de mayo de 2023 y que mantengan los requisitos previstos en el artículo 2 y
cumplan los requisitos regulados en el artículo 14 de la citada orden.

Quinto. Solicitudes.
1. Las solicitudes de concesión de las subvenciones se presentarán ajustándose al
formulario publicado como Anexo I de la presente orden e irán dirigidas a la persona titular
de la delegación territorial competente en materia de vivienda protegida de la provincia
correspondiente en que se ubique la actuación.
2. Tanto las solicitudes como los demás documentos se presentarán exclusivamente
en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html
Si la solicitud se presentara presencialmente, se requerirá a la persona interesada
para que la subsane mediante presentación electrónica, considerando la fecha de
presentación aquella en que se haya realizado de manera electrónica.
3. Las solicitudes de concesión de subvenciones incluirán los extremos previstos en
el artículo 16 de la Orden de 4 de mayo de 2023.
4. La presentación de la solicitud por parte de la persona o entidad interesada
conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad
Social y por la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Andalucía.
5. Junto con la solicitud para la adscripción al programa se deberá presentar la
documentación prevista en el artículo 17 de la Orden de 4 de mayo de 2023.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321210

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de subvención de las actuaciones adscritas en 2024, deberán
presentarse ante la delegación territorial competente en materia de vivienda en la provincia
en la que se ubique la actuación, entendiéndose conforme al artículo 13 de la Orden de 4
de mayo de 2023, que si dicha solicitud no se presentara, la persona interesada renuncia
a la adscripción de su actuación al programa y a las ayudas correspondientes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses cuyo cómputo comenzará
el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.