Autoridades y personal. . (2025/105-23)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de promoción interna para ingreso en diferentes cuerpos, especialidades y opciones en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Miércoles, 4 de junio de 2025
página 7637/5
Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad
y adaptaciones de tiempo y medios.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33% será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no
hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha condición deberá mantenerse
hasta que las personas aspirantes adquieran la condición de personal funcionario de
carrera.
1.3. Adjuntar a la solicitud certificado en vigor de su condición de persona con
discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta electrónica en la fase de admisión
de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga a su comprobación
en la correspondiente solicitud de participación. En caso contrario o cuando la
documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia de
otras Administraciones Públicas, la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente
la documentación acreditativa en vigor junto con la solicitud de participación.
2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el cupo de reserva,
podrán solicitar las adaptaciones razonables de tiempo, medios y accesibilidad que se
consideren necesarias para la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo en
su solicitud de participación en el apartado «Turno de participación, exenciones al pago
de la tasa y adaptaciones».
La solicitud de participación deberá ir acompañada, en todo caso, de informe técnico
en vigor emitido por el órgano competente, que permita constatar la relación entre la
discapacidad alegada y la adaptación solicitada para la prueba a realizar.
A efectos de valorar la procedencia de las adaptaciones solicitadas, se podrá requerir
a la persona candidata información adicional que se estime estrictamente necesaria.
La adaptación de tiempos, que consistirá en la concesión de un tiempo adicional para
la realización de los ejercicios del proceso selectivo, se llevará a cabo de conformidad
con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Esta adaptación será
garantizada a las madres de menores lactantes, siempre que así lo solicitasen.
La adaptación de medios se efectuará mediante la puesta a disposición de la persona
aspirante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos, así como
de las ayudas técnicas o tecnológicas asistidas que precisen para la realización de
las pruebas en las que participen. A tales efectos, se garantizará la accesibilidad de
la información y la comunicación de los procesos selectivos, así como la del recinto o
espacio físico donde estos se desarrollen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321236
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud electrónica que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos, que se acreditarán por aquellas personas que resulten seleccionadas
en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava, y
la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en la
base cuarta de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Miércoles, 4 de junio de 2025
página 7637/5
Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad
y adaptaciones de tiempo y medios.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33% será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no
hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha condición deberá mantenerse
hasta que las personas aspirantes adquieran la condición de personal funcionario de
carrera.
1.3. Adjuntar a la solicitud certificado en vigor de su condición de persona con
discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta electrónica en la fase de admisión
de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga a su comprobación
en la correspondiente solicitud de participación. En caso contrario o cuando la
documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia de
otras Administraciones Públicas, la persona aspirante deberá aportar inexcusablemente
la documentación acreditativa en vigor junto con la solicitud de participación.
2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el cupo de reserva,
podrán solicitar las adaptaciones razonables de tiempo, medios y accesibilidad que se
consideren necesarias para la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo en
su solicitud de participación en el apartado «Turno de participación, exenciones al pago
de la tasa y adaptaciones».
La solicitud de participación deberá ir acompañada, en todo caso, de informe técnico
en vigor emitido por el órgano competente, que permita constatar la relación entre la
discapacidad alegada y la adaptación solicitada para la prueba a realizar.
A efectos de valorar la procedencia de las adaptaciones solicitadas, se podrá requerir
a la persona candidata información adicional que se estime estrictamente necesaria.
La adaptación de tiempos, que consistirá en la concesión de un tiempo adicional para
la realización de los ejercicios del proceso selectivo, se llevará a cabo de conformidad
con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Esta adaptación será
garantizada a las madres de menores lactantes, siempre que así lo solicitasen.
La adaptación de medios se efectuará mediante la puesta a disposición de la persona
aspirante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos, así como
de las ayudas técnicas o tecnológicas asistidas que precisen para la realización de
las pruebas en las que participen. A tales efectos, se garantizará la accesibilidad de
la información y la comunicación de los procesos selectivos, así como la del recinto o
espacio físico donde estos se desarrollen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321236
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud electrónica que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos, que se acreditarán por aquellas personas que resulten seleccionadas
en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava, y
la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en la
base cuarta de esta convocatoria.