Disposiciones generales. . (2025/104-5)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
página 7726/5

Noveno. Datos sobre los proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en
Biomedicina y en Ciencias de la Salud, para los que se solicita la subvención.
El apartado 4 del Anexo I de solicitud contendrá los datos completos sobre el proyecto,
que se relacionan a continuación:
1. Memoria del proyecto. La memoria científica del proyecto deber redactarse en
castellano o inglés, e incluir, como mínimo, los siguientes:
- Título del proyecto.
- Palabras clave.
- Resumen.
- Equipo investigador o innovador.
- Antecedentes y estado actual del tema de estudio.
- Bibliografía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321324

Octavo. Modalidades, cuantía máxima a conceder y duración de los proyectos de
investigación, desarrollo e innovación.
Las solicitudes solamente podrán ser presentadas en una de las siguientes
modalidades convocadas, en las que cada persona investigador principal, en adelante
persona IP, solo podrá solicitar un proyecto en la convocatoria. En caso de solicitar
más de un proyecto solo se tramitará la solicitud que tenga entrada en primer lugar,
entendiéndose desistida del resto.
a) Proyectos de investigación en Salud de temática general:
Proyectos cuyo objetivo es la generación o adquisición de conocimiento en el área
de las Ciencias de la Salud de temática general en los que pueden participar personas
investigadoras de uno o más grupos de investigación o innovación.
La duración máxima será de 3 años, deberá desarrollarse a partir de la fecha
establecida en la resolución de concesión y la cuantía máxima a conceder será de
133.100 euros, incluido el 21% de costes indirectos.
b) Proyectos de investigación en atención primaria, hospitales comarcales y CHAREs:
Proyectos que se desarrollen principalmente desde los distritos sanitarios, los centros
de atención primaria y comunitaria, los hospitales comarcales o desde los CHAREs, y que
estén liderados por personas cuya actividad profesional, investigadora o innovadora se
desarrolle en los mismos, debiendo ser aplicables los resultados en estos ámbitos. Para
ello, al menos el 50% de las personas investigadoras colaboradoras, tanto en número
como en el reparto de tareas, deben pertenecer a los distritos sanitarios (o equivalentes en
Áreas de Gestión Sanitaria), los centros de atención primaria, los hospitales comarcales
o los centros hospitalarios de alta resolución.
La duración máxima será de 3 años, deberá desarrollarse a partir de la fecha
establecida en la Resolución de concesión y la cuantía máxima a conceder será de
48.400 euros, incluido el 21% de costes indirectos.
c) Proyectos de investigación e innovación de colaboración público-privada.
Proyectos colaborativos cuyo objetivo es la generación o adquisición de conocimiento
en las áreas de salud de temática general con la participación de entidades privadas en
la ejecución y en la financiación.
La duración máxima será de 3 años, deberá desarrollarse a partir de la fecha
establecida en la Resolución de concesión y la cuantía máxima de la subvención será de
484.000 euros, incluido el 21% de costes indirectos.
El gasto subvencionable a la entidad beneficiaria será como máximo la misma
cantidad aportada por una entidad privada distinta a la entidad beneficiaria. Para ello
se requerirá la firma de un convenio o acuerdo de colaboración entre ambas partes que
deberá contener, como mínimo, el objeto de la colaboración y su alcance, las obligaciones
de las partes, la aportación económica de cada parte, la comisión de seguimiento, los
aspectos éticos y legales y la vigencia del acuerdo o convenio.
El convenio o acuerdo de colaboración entre ambas partes deberá aportarse firmado
tras la propuesta de resolución provisional.