3. Otras disposiciones. . (2025/100-43)
Orden de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases generales aplicables al concurso general para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera en la modalidad abierto y permanente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7443/6

Cuarta. Comisiones de valoración.
1. Conforme dispone el artículo 62 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, la
valoración de los méritos y capacidades de las personas candidatas deberá llevarse a
cabo por las comisiones de valoración, órganos colegiados de carácter técnico cuya
composición responderá a los principios de profesionalidad y especialización de sus
miembros. Dichas comisiones tendrán como funciones la aprobación y publicación de la
adjudicación provisional, la valoración de alegaciones, así como la aprobación y elevación
de la propuesta de adjudicación definitiva. Su funcionamiento se ajustará a las reglas de
imparcialidad, objetividad, confidencialidad de la información, transparencia y protección
de datos personales.
Cada comisión de valoración estará constituida por personal funcionario de carrera
de la Administración General de la Junta de Andalucía perteneciente a grupo igual o
superior al exigido para los puestos convocados, en número impar y con un mínimo de
tres personas. Se designará el mismo número de personas suplentes que de titulares.
Su composición se adecuará al criterio de paridad entre mujer y hombre, en los
términos previstos en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de
género en Andalucía, y en la Ley 5/2023, de 7 de junio.
2. El órgano convocante del concurso designará en la convocatoria las personas
integrantes de la comisión de valoración, atribuyendo a una de ellas las funciones de
presidencia, y a otra las de secretaría.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321043

3. De acuerdo con el artículo 61.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, se excluirán
de las ofertas de puestos de trabajo de necesaria cobertura aquellos que se encuentren
en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que estén incluidos en una oferta de vacantes de procesos selectivos.
b) Que resulten afectados por una resolución judicial o administrativa.
c) Que estén incluidos en una propuesta de modificación de la relación de puestos de
trabajo que haya sido admitida por la Dirección General competente en materia de función
pública para su tramitación, en la que se suprima el puesto de trabajo o se modifiquen
sustancialmente sus características esenciales.
d) Que tengan adscrito personal funcionario de carrera por razones de salud o por
razones de violencia de género.
4. De acuerdo con el artículo 61.1 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, en caso
de que los puestos estuvieran ocupados en comisión de servicios interadministrativa, se
incluirán en la oferta de puestos de necesaria cobertura que corresponda, una vez haya
transcurrido el plazo máximo de un año, prorrogable anualmente hasta un máximo de
cuatro años fijado en el artículo 138.2 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función
Pública de Andalucía.
5. Los puestos de trabajo de necesaria cobertura contenidos en la oferta podrán
excluirse, en cualquier momento previo a la resolución de adjudicación definitiva de la
misma, cuando no resulte posible su provisión como consecuencia del cumplimiento de
resoluciones judiciales o administrativas, o en los casos de supresión o modificación
sustancial del puesto en aquellas propuestas de modificaciones de la relación de puestos
de trabajo que hayan sido admitidas a trámite por la Dirección General competente en
materia de función pública, así como los que estén ofertados o reservados para otros
procedimientos de provisión definitiva.
Las resoluciones de exclusión de puestos de trabajo se dictarán por la persona titular
de la Dirección General competente en materia de función pública, u órgano en quien
delegue, y se publicarán en la sede electrónica general de la Administración de la Junta
de Andalucía.