Disposiciones generales. . (2025/100-2)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7403/5
Línea 1.
Ámbito funcional de competitividad
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud.
2. P
rogramas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
3. Programas de interés social - Personas mayores.
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad.
5. Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
6. Programas de interés social - Comunidad gitana.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.
8. P
rogramas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado.
10. Programas de interés social - Personas migrantes.
Cuantía máxima
de la subvención
(euros)
1.520.459,17
837.723,96
2.609.304,13
1.921.271,82
1.708.407,54
392.376,56
3.707.958,49
117.712,97
533.632,12
1.118.273,20
Línea 4.
Ámbito funcional de competitividad
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud.
2. P
rogramas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
3. Programas de interés social - Personas mayores.
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad.
5.Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
6. Programas de interés social - Comunidad gitana.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.
8. P
rogramas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado.
10. Programas de interés social - Personas migrantes.
Cuantía máxima
de la subvención
(euros)
252.582,48
139.164,80
433.464,14
319.166,48
283.804,94
65.182,58
615.975,35
19.554,77
88.648,31
185.770,34
Octavo. Procedimiento de concesión.
1. Las subvenciones tendrán por objeto la financiación de actuaciones de interés
general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de los programas de
interés social y proyectos de inversión que se describen en el apartado 2.a) del cuadro
resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, de acuerdo con las
actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la presente convocatoria.
2. Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la
subvención serán los recogidos en el apartado 4 del cuadro resumen de cada una de las
líneas de las bases reguladoras.
3. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el
apartado 12 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321003
En ningún caso se actualizarán las cuantías máximas como consecuencia, en su
caso, de la disposición, en los términos del Dispongo primero, apartado 4, de una cuantía
adicional máxima por la diferencia entre el importe actualmente disponible y el importe
finalmente resultante de la distribución de la asignación tributaria del 0,7 del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades que lleve a cabo
el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a
la Dependencia.
BOJA
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7403/5
Línea 1.
Ámbito funcional de competitividad
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud.
2. P
rogramas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
3. Programas de interés social - Personas mayores.
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad.
5. Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
6. Programas de interés social - Comunidad gitana.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.
8. P
rogramas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado.
10. Programas de interés social - Personas migrantes.
Cuantía máxima
de la subvención
(euros)
1.520.459,17
837.723,96
2.609.304,13
1.921.271,82
1.708.407,54
392.376,56
3.707.958,49
117.712,97
533.632,12
1.118.273,20
Línea 4.
Ámbito funcional de competitividad
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud.
2. P
rogramas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
3. Programas de interés social - Personas mayores.
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad.
5.Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
6. Programas de interés social - Comunidad gitana.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.
8. P
rogramas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado.
10. Programas de interés social - Personas migrantes.
Cuantía máxima
de la subvención
(euros)
252.582,48
139.164,80
433.464,14
319.166,48
283.804,94
65.182,58
615.975,35
19.554,77
88.648,31
185.770,34
Octavo. Procedimiento de concesión.
1. Las subvenciones tendrán por objeto la financiación de actuaciones de interés
general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de los programas de
interés social y proyectos de inversión que se describen en el apartado 2.a) del cuadro
resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, de acuerdo con las
actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la presente convocatoria.
2. Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la
subvención serán los recogidos en el apartado 4 del cuadro resumen de cada una de las
líneas de las bases reguladoras.
3. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el
apartado 12 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321003
En ningún caso se actualizarán las cuantías máximas como consecuencia, en su
caso, de la disposición, en los términos del Dispongo primero, apartado 4, de una cuantía
adicional máxima por la diferencia entre el importe actualmente disponible y el importe
finalmente resultante de la distribución de la asignación tributaria del 0,7 del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades que lleve a cabo
el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a
la Dependencia.