Disposiciones generales. . (2025/100-2)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7403/4
Quinto. Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de
inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o
adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
Se destinará una cuantía máxima de 100.000,00 euros.
De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta
línea, no se establece la posibilidad de prorrateo.
Sexto. Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de
programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo
a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y
del Impuesto sobre Sociedades.
Se destinará una cuantía máxima de 6.518.257,64 euros, con la siguiente distribución
funcional:
Ámbito funcional de competitividad
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud.
2. P
rogramas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
3. Programas de interés social - Personas mayores.
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad.
5. Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
6. Programas de interés social - Comunidad gitana.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.
8. P
rogramas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado.
10. Programas de interés social - Personas migrantes.
Cuantía total máxima (euros)
Cuantía máxima
(euros)
1.010.329,93
278.329,60
866.928,27
911.904,24
405.435,63
130.365,15
2.053.251,16
65.182,58
177.296,61
619.234,47
6.518.257,64
Séptimo. Cuantías máximas de las subvenciones destinadas a entidades privadas
para la realización de programas.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las
Líneas 1 y 4, subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de
programas de ámbito supraprovincial y provincial respectivamente, las cuantías máximas
de las subvenciones se fijan, para la presente convocatoria, en las siguientes dotaciones
máximas para cada ámbito funcional de competitividad establecida en el dispongo tercero
para la Línea 1 y en el dispongo sexto para la Línea 4:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321003
De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta
línea, tendrán la consideración de entidades beneficiarias provisionales, aquellas cuyo
programa presentado alcance un mínimo de 55 puntos sobre la puntuación total máxima
de 100. Tendrán la consideración de entidades beneficiarias suplentes aquellas cuyo
programa se encuentre por debajo de dicho umbral, con un mínimo de 50 puntos. No
se otorgarán subvenciones a programas que obtengan una puntuación inferior. De este
modo, y de acuerdo con el apartado 12 del citado cuadro resumen, la valoración se
realizará en dos fases, la primera de las cuales tendrá carácter eliminatorio.
Primera fase: la puntuación mínima en la valoración de la experiencia y capacidad de
las entidades solicitantes (criterio «A») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea
es de 20 puntos.
Segunda fase: La puntuación mínima en la valoración del programa a realizar (criterio
«B») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea es de 30 puntos.
BOJA
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7403/4
Quinto. Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de
inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o
adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
Se destinará una cuantía máxima de 100.000,00 euros.
De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta
línea, no se establece la posibilidad de prorrateo.
Sexto. Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de
programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo
a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y
del Impuesto sobre Sociedades.
Se destinará una cuantía máxima de 6.518.257,64 euros, con la siguiente distribución
funcional:
Ámbito funcional de competitividad
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud.
2. P
rogramas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y
prevención de la violencia de género.
3. Programas de interés social - Personas mayores.
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad.
5. Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
6. Programas de interés social - Comunidad gitana.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.
8. P
rogramas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado.
10. Programas de interés social - Personas migrantes.
Cuantía total máxima (euros)
Cuantía máxima
(euros)
1.010.329,93
278.329,60
866.928,27
911.904,24
405.435,63
130.365,15
2.053.251,16
65.182,58
177.296,61
619.234,47
6.518.257,64
Séptimo. Cuantías máximas de las subvenciones destinadas a entidades privadas
para la realización de programas.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las
Líneas 1 y 4, subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de
programas de ámbito supraprovincial y provincial respectivamente, las cuantías máximas
de las subvenciones se fijan, para la presente convocatoria, en las siguientes dotaciones
máximas para cada ámbito funcional de competitividad establecida en el dispongo tercero
para la Línea 1 y en el dispongo sexto para la Línea 4:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321003
De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta
línea, tendrán la consideración de entidades beneficiarias provisionales, aquellas cuyo
programa presentado alcance un mínimo de 55 puntos sobre la puntuación total máxima
de 100. Tendrán la consideración de entidades beneficiarias suplentes aquellas cuyo
programa se encuentre por debajo de dicho umbral, con un mínimo de 50 puntos. No
se otorgarán subvenciones a programas que obtengan una puntuación inferior. De este
modo, y de acuerdo con el apartado 12 del citado cuadro resumen, la valoración se
realizará en dos fases, la primera de las cuales tendrá carácter eliminatorio.
Primera fase: la puntuación mínima en la valoración de la experiencia y capacidad de
las entidades solicitantes (criterio «A») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea
es de 20 puntos.
Segunda fase: La puntuación mínima en la valoración del programa a realizar (criterio
«B») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea es de 30 puntos.