Disposiciones generales. . (2025/98-5)
Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico previstas en el Plan Andaluz de Prescripción de Ejercicio Físico (Andalucía en Forma), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa su convocatoria.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025

página 7216/6

11. La instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden
correlativo de entrada en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de
Andalucía y hasta el límite de la consignación presupuestaria.
12. La presente convocatoria será objeto también de publicación en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, conforme al Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo,
por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas. De acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.d)
del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a efectos
de auditoría y control, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), deberán
figurar datos siguientes:
• El nombre del perceptor final de los fondos.
• El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos
sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia
de contratación pública.
• Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor
de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva
(UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26).
• Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el
marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación
pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el
marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión.
Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, se delegan en la persona titular de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte las siguientes competencias:
a) Resolver el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta orden.
b) Iniciar y resolver el procedimiento de modificación de la resolución de concesión,
así como el procedimiento de reintegro de las subvenciones concedidas.
2. Asimismo, se delegan en la persona titular de la Secretaría General para el Deporte,
las competencias para el inicio y para la resolución de los procedimientos sancionadores
derivados de las infracciones administrativas cometidas en relación con las subvenciones
que se regulan en esta orden.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Sistemas y Valores del
Deporte, para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para la ejecución
de la presente orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de abril de 2025
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ

00320816

Consejera de Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja