Disposiciones generales. . (2025/97-3)
Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 7198/8
Artículo 5. Proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto de Presupuesto y
plazos.
1. Anteproyectos de Presupuesto para la Junta de Andalucía, sus instituciones,
agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales referidas en el
artículo 2.c) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía y consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
Para la determinación de los estados de gastos del anteproyecto, las personas
responsables de las diferentes secciones presupuestarias deberán consignar las
dotaciones correspondientes, conforme a la estructura establecida en el artículo 4.1,
antes del día 24 de junio de 2025, en el Módulo de Elaboración del Presupuesto (en
adelante MEP) del Sistema GIRO de la Junta de Andalucía.
En cuanto al capítulo correspondiente a los gastos de personal, y en orden a obtener
la plantilla presupuestaria que conformará el anexo de personal del Presupuesto, la
Dirección General de Presupuestos solicitará los datos que se precisen e impartirá las
instrucciones oportunas para la dotación de los créditos correspondientes.
En relación con los gastos financiados con fondos europeos, el órgano directivo
competente de la administración de los Fondos Europeos deberá tener disponible antes
del día 14 de junio de 2025, la envolvente financiera. Dicha envolvente se mantendrá
permanentemente actualizada en la medida que se produzcan propuestas de
reprogramación, de modo que se permita la mayor agilidad en la absorción de los fondos
estructurales.
En cuanto a la financiación correspondiente a transferencias y otros ingresos de
carácter finalista, la consignación por parte de los gestores presupuestarios se realizará
de acuerdo con la información de que dispongan y conforme a su estimación.
En los supuestos en que en el ámbito de las distintas secciones presupuestarias se
gestionen ingresos, los centros gestores cumplimentarán sus previsiones en el MEP del
Sistema GIRO, antes del día 24 de junio de 2025. Las previsiones de ingresos contendrán
necesariamente un breve texto justificativo en el que se indicarán los criterios de previsión
utilizados y se especificarán los cambios normativos o de gestión que les afecten. Las
citadas previsiones servirán a la Secretaría General de Hacienda para la configuración
del escenario de ingresos del ejercicio.
Asimismo, y con anterioridad al día 1 de julio de 2025, los gestores presupuestarios
remitirán la información de carácter cualitativo relativa a sus anteproyectos de gastos
e ingresos, atendiendo a su estructura orgánica y funcional en el caso de los gastos.
Esta se conformará, de una parte, con la justificación pormenorizada de la propuesta
económica, según los grandes agregados de gasto que conforman el Presupuesto por
capítulos; y de otra, definiendo para cada programa presupuestario los objetivos de
forma clara y concreta, así como estableciendo las actuaciones relevantes orientadas
a la consecución de aquellos. Todo ello, conforme a los modelos y formatos definidos
en el Módulo de Información para la Elaboración del Presupuesto (en adelante MIEP), y
siguiendo las instrucciones y recomendaciones de las guías que se elaborarán al efecto,
cuya información estará accesible al centro gestor en la dirección:
http://extranet.chap.junta-andalucia.es/ap_otros/presup/gestion/gestion.htm
En esta primera fase, y de acuerdo con la metodología empleada para la definición de
los objetivos estratégicos, operativos y sus actuaciones en las secciones presupuestarias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320798
jurídica elaborarán un programa de actuación, inversión y financiación, que se compondrá
de los documentos recogidos en los párrafos b) a e) del apartado anterior.
2.3. Los formatos y modelos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones
indicadas en los anteriores apartados se desarrollarán por la Dirección General de
Presupuestos y se encontrarán disponibles en la Central de Información del Sistema de
Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía
(en adelante Sistema GIRO).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 7198/8
Artículo 5. Proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto de Presupuesto y
plazos.
1. Anteproyectos de Presupuesto para la Junta de Andalucía, sus instituciones,
agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales referidas en el
artículo 2.c) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía y consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
Para la determinación de los estados de gastos del anteproyecto, las personas
responsables de las diferentes secciones presupuestarias deberán consignar las
dotaciones correspondientes, conforme a la estructura establecida en el artículo 4.1,
antes del día 24 de junio de 2025, en el Módulo de Elaboración del Presupuesto (en
adelante MEP) del Sistema GIRO de la Junta de Andalucía.
En cuanto al capítulo correspondiente a los gastos de personal, y en orden a obtener
la plantilla presupuestaria que conformará el anexo de personal del Presupuesto, la
Dirección General de Presupuestos solicitará los datos que se precisen e impartirá las
instrucciones oportunas para la dotación de los créditos correspondientes.
En relación con los gastos financiados con fondos europeos, el órgano directivo
competente de la administración de los Fondos Europeos deberá tener disponible antes
del día 14 de junio de 2025, la envolvente financiera. Dicha envolvente se mantendrá
permanentemente actualizada en la medida que se produzcan propuestas de
reprogramación, de modo que se permita la mayor agilidad en la absorción de los fondos
estructurales.
En cuanto a la financiación correspondiente a transferencias y otros ingresos de
carácter finalista, la consignación por parte de los gestores presupuestarios se realizará
de acuerdo con la información de que dispongan y conforme a su estimación.
En los supuestos en que en el ámbito de las distintas secciones presupuestarias se
gestionen ingresos, los centros gestores cumplimentarán sus previsiones en el MEP del
Sistema GIRO, antes del día 24 de junio de 2025. Las previsiones de ingresos contendrán
necesariamente un breve texto justificativo en el que se indicarán los criterios de previsión
utilizados y se especificarán los cambios normativos o de gestión que les afecten. Las
citadas previsiones servirán a la Secretaría General de Hacienda para la configuración
del escenario de ingresos del ejercicio.
Asimismo, y con anterioridad al día 1 de julio de 2025, los gestores presupuestarios
remitirán la información de carácter cualitativo relativa a sus anteproyectos de gastos
e ingresos, atendiendo a su estructura orgánica y funcional en el caso de los gastos.
Esta se conformará, de una parte, con la justificación pormenorizada de la propuesta
económica, según los grandes agregados de gasto que conforman el Presupuesto por
capítulos; y de otra, definiendo para cada programa presupuestario los objetivos de
forma clara y concreta, así como estableciendo las actuaciones relevantes orientadas
a la consecución de aquellos. Todo ello, conforme a los modelos y formatos definidos
en el Módulo de Información para la Elaboración del Presupuesto (en adelante MIEP), y
siguiendo las instrucciones y recomendaciones de las guías que se elaborarán al efecto,
cuya información estará accesible al centro gestor en la dirección:
http://extranet.chap.junta-andalucia.es/ap_otros/presup/gestion/gestion.htm
En esta primera fase, y de acuerdo con la metodología empleada para la definición de
los objetivos estratégicos, operativos y sus actuaciones en las secciones presupuestarias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320798
jurídica elaborarán un programa de actuación, inversión y financiación, que se compondrá
de los documentos recogidos en los párrafos b) a e) del apartado anterior.
2.3. Los formatos y modelos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones
indicadas en los anteriores apartados se desarrollarán por la Dirección General de
Presupuestos y se encontrarán disponibles en la Central de Información del Sistema de
Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía
(en adelante Sistema GIRO).