Disposiciones generales. . (2025/97-3)
Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2026.
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Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
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inversión se clasificarán territorialmente por provincias. Estos gastos conforman el Anexo de
inversiones, que será coherente con la estrategia de planificación del Gobierno de Andalucía,
Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía (ETEA), Horizonte 2027, aprobada
por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 10 de mayo de 2022; teniendo en cuenta las áreas
estratégicas: «Competitividad», «Sostenibilidad», «Conectividad», «Bienestar», «Territorio» y
«Gobernanza», y las prioridades desarrolladas en sus diferentes líneas de actuación.
El estado de ingresos aplicará la clasificación orgánica y económica que se
corresponde con los Anexos I y III de esta orden.
Cabe destacar como novedad la nueva estructura orgánica y funcional, Anexo I y II,
respectivamente, tras la aprobación del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías, trasladada a la Ley 7/2024, de 23 de diciembre,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, y recogida
en la Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Presupuestos, por
la que se modifican los Anexos I, II, III, IV y VI de la Orden de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos, de 24 de mayo de 2024, por la que se dictan normas para
la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2025, y el Anexo I
y II de la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020,
por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas
de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Por otro lado, esta Consejería ostenta la competencia, en coordinación con el conjunto
de las Consejerías, para emitir los informes transversales de evaluación de impacto en el
Presupuesto, de las perspectivas de género y de infancia, adolescencia y familia, así
como de la incidencia de los indicadores presupuestarios en el cambio climático.
Para la elaboración del Informe de evaluación de impacto de género se impartirán
las medidas e instrucciones precisas que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en
la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, y atendiendo al desarrollo específico de las estrategias contra la violencia de
género establecidas en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención
y protección integral contra la violencia de género. Entre ellas, el seguimiento de las
recomendaciones formuladas en los informes de evaluación realizados.
Por su parte, para la elaboración del Informe sobre la incidencia de los indicadores
presupuestarios de cambio climático, se tendrán en cuenta las recomendaciones
orientadas a mejorar la eficacia y el impacto de las actuaciones formuladas en los
informes sobre el grado de ejecución del presupuesto con incidencia en el cambio
climático, elaborados por la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, así como
en el Plan Andaluz de Acción por el Clima, aprobado por el Decreto 234/2021, de 13 de
octubre, y sus informes de seguimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de
medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético
en Andalucía, los programas presupuestarios vienen siendo etiquetados de acuerdo con
su afección al cambio climático, recogiéndose dicha afección en el Anexo VI de la orden
de elaboración del Presupuesto.
Hasta ahora, la incidencia sobre el clima de un programa presupuestario ha venido
determinado por la contribución de los mismos a los ámbitos de actuación que se señalan
en el Plan Andaluz de Acción por el Clima (PAAC): Mitigación y Transición Energética,
Adaptación, Participación y Comunicación y Transversal, explicitando el mencionado
Anexo VI, asimismo, las áreas competenciales y estratégicas sobre los que actuaban los
programas presupuestarios con incidencia climática.
Como novedad en la estrategia que viene aplicándose, conjuntamente con la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y de acuerdo con el Informe anual sobre
el grado de ejecución del presupuesto con incidencia en el cambio climático emitido por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320798
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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inversión se clasificarán territorialmente por provincias. Estos gastos conforman el Anexo de
inversiones, que será coherente con la estrategia de planificación del Gobierno de Andalucía,
Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía (ETEA), Horizonte 2027, aprobada
por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 10 de mayo de 2022; teniendo en cuenta las áreas
estratégicas: «Competitividad», «Sostenibilidad», «Conectividad», «Bienestar», «Territorio» y
«Gobernanza», y las prioridades desarrolladas en sus diferentes líneas de actuación.
El estado de ingresos aplicará la clasificación orgánica y económica que se
corresponde con los Anexos I y III de esta orden.
Cabe destacar como novedad la nueva estructura orgánica y funcional, Anexo I y II,
respectivamente, tras la aprobación del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías, trasladada a la Ley 7/2024, de 23 de diciembre,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, y recogida
en la Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Presupuestos, por
la que se modifican los Anexos I, II, III, IV y VI de la Orden de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos, de 24 de mayo de 2024, por la que se dictan normas para
la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2025, y el Anexo I
y II de la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020,
por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas
de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Por otro lado, esta Consejería ostenta la competencia, en coordinación con el conjunto
de las Consejerías, para emitir los informes transversales de evaluación de impacto en el
Presupuesto, de las perspectivas de género y de infancia, adolescencia y familia, así
como de la incidencia de los indicadores presupuestarios en el cambio climático.
Para la elaboración del Informe de evaluación de impacto de género se impartirán
las medidas e instrucciones precisas que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en
la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, y atendiendo al desarrollo específico de las estrategias contra la violencia de
género establecidas en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención
y protección integral contra la violencia de género. Entre ellas, el seguimiento de las
recomendaciones formuladas en los informes de evaluación realizados.
Por su parte, para la elaboración del Informe sobre la incidencia de los indicadores
presupuestarios de cambio climático, se tendrán en cuenta las recomendaciones
orientadas a mejorar la eficacia y el impacto de las actuaciones formuladas en los
informes sobre el grado de ejecución del presupuesto con incidencia en el cambio
climático, elaborados por la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, así como
en el Plan Andaluz de Acción por el Clima, aprobado por el Decreto 234/2021, de 13 de
octubre, y sus informes de seguimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de
medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético
en Andalucía, los programas presupuestarios vienen siendo etiquetados de acuerdo con
su afección al cambio climático, recogiéndose dicha afección en el Anexo VI de la orden
de elaboración del Presupuesto.
Hasta ahora, la incidencia sobre el clima de un programa presupuestario ha venido
determinado por la contribución de los mismos a los ámbitos de actuación que se señalan
en el Plan Andaluz de Acción por el Clima (PAAC): Mitigación y Transición Energética,
Adaptación, Participación y Comunicación y Transversal, explicitando el mencionado
Anexo VI, asimismo, las áreas competenciales y estratégicas sobre los que actuaban los
programas presupuestarios con incidencia climática.
Como novedad en la estrategia que viene aplicándose, conjuntamente con la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y de acuerdo con el Informe anual sobre
el grado de ejecución del presupuesto con incidencia en el cambio climático emitido por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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