Disposiciones generales. . (2025/92-5)
Orden de 6 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar la adquisición de vehículos para la recogida separada de biorresiduos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6804/7
Cinco años.
5.h) Reglas especiales en materia de amortización:
No.
5.i) Posibilidad de acogerse al régimen de mínimis:
No.
6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa.
7.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
10% del coste de adquisición más el IVA correspondiente al coste total del vehículo.
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales:
Sí. Observaciones, en su caso: Siempre que no se supere el coste total de adquisición del vehículo entre todas
las subvenciones recibidas.
7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen
por los fondos librados:
No.
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: Como máximo el 90% del presupuesto aceptado, IVA
excluido.
8.- Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
8.a) Participación de entidad/es colaboradora/s:
No.
9.- Subcontratación (Artículo 8):
00320404
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6804/7
Cinco años.
5.h) Reglas especiales en materia de amortización:
No.
5.i) Posibilidad de acogerse al régimen de mínimis:
No.
6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa.
7.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
10% del coste de adquisición más el IVA correspondiente al coste total del vehículo.
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales:
Sí. Observaciones, en su caso: Siempre que no se supere el coste total de adquisición del vehículo entre todas
las subvenciones recibidas.
7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen
por los fondos librados:
No.
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: Como máximo el 90% del presupuesto aceptado, IVA
excluido.
8.- Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
8.a) Participación de entidad/es colaboradora/s:
No.
9.- Subcontratación (Artículo 8):
00320404
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja