Disposiciones generales. . (2025/92-5)
Orden de 6 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar la adquisición de vehículos para la recogida separada de biorresiduos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6804/8
No.
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a) Obtención del formulario:
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25695.html
10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria: Base de Datos Nacional de subvenciones y BOJA
El extracto de la convocatoria: BOJA
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
•
Población afectada (máx. 10 puntos):
más de 100.000 habitantes: 10 puntos.
50.001 – 100.000 habitantes: 5 puntos.
Hasta 50.000 habitantes: 0 puntos
•
Emisiones (máximo 10 puntos):
Cero emisiones (eléctrico o biogás origen renovable): 10 puntos
Híbrido, gas natural o GLP: 5 puntos
Otros: 0 puntos
•
Financiación solicitada (%) (máximo 10 puntos)
hasta el 30%: 10 puntos
más del 30% y hasta el 60%: 5 puntos
más del 60% y hasta el 90%: 0 puntos
12.b) Priorización en caso de empate:
Población afectada
00320404
13.- Órganos competentes (Artículo 15):
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6804/8
No.
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a) Obtención del formulario:
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25695.html
10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria: Base de Datos Nacional de subvenciones y BOJA
El extracto de la convocatoria: BOJA
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
•
Población afectada (máx. 10 puntos):
más de 100.000 habitantes: 10 puntos.
50.001 – 100.000 habitantes: 5 puntos.
Hasta 50.000 habitantes: 0 puntos
•
Emisiones (máximo 10 puntos):
Cero emisiones (eléctrico o biogás origen renovable): 10 puntos
Híbrido, gas natural o GLP: 5 puntos
Otros: 0 puntos
•
Financiación solicitada (%) (máximo 10 puntos)
hasta el 30%: 10 puntos
más del 30% y hasta el 60%: 5 puntos
más del 60% y hasta el 90%: 0 puntos
12.b) Priorización en caso de empate:
Población afectada
00320404
13.- Órganos competentes (Artículo 15):
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja