Disposiciones generales. . (2025/90-1)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas para la adhesión de espacios municipales de titularidad al Programa Abecedaria de la Red Andaluza de Teatros Públicos, curso escolar 2026-27.
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Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
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para dar servicio a todos los ciclos educativos, además de la adecuación del espectáculo
según características técnicas del mismo y del espacio escénico que corresponda. Esta
programación se hará en total coordinación con los técnicos de cada municipio para
conseguir llegar a la mayor cantidad de población escolar, así como la programación de
giras que primen los criterios de consecución de días y sostenibilidad de las mismas.
2. El período de programación deberá circunscribirse entre la segunda quincena
de octubre y la primera semana de diciembre en el período de otoño y entre la primera
semana de marzo y la primera semana de junio en el período de primavera, siempre
dentro del curso escolar que corresponde a esta convocatoria.
3. Los criterios de ocupación del espacio escénico responderán a los siguientes
límites:
• Funciones escolares para 1.er ciclo de infantil: 50 espectadores por función.
• Funciones escolares para 2.º ciclo de infantil: 100 espectadores por función.
• Funciones escolares para primaria: 200-250 espectadores por función.
• Funciones escolares para secundaria y bachiller: 300 espectadores por función.
4. Existirá un Catálogo Abecedaria para el curso escolar 2026-27, cuya selección se
realizará por una comisión de expertos presidida por la Dirección del Instituto Andaluz de
las Artes Escénicas y la Música o persona en quien delegue, e integrada por tres técnicos
especialistas en educación designados por la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, y tres técnicos especialistas en artes escénicas designados por
la gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
5. Se establecen dos alternativas:
a) Un precio único para el municipio de 9.000 € anuales. La Agencia aportará 18.000 €
por municipio y temporada, y será la beneficiaria de los ingresos por taquilla. La adhesión
a esta modalidad conllevará la celebración de un mínimo de 8 espectáculos, dos de ellos
podrán ser para Escuelas Infantiles o para la sección denominada Solistas en el Aula
(espectáculo en el centro educativo o similar).
b) Un precio único para el municipio de 4.500 € anuales. La Agencia aportará 9.000 €
por municipio y temporada, y será beneficiaria de los ingresos por taquilla. La adhesión
a esta modalidad conllevará la celebración de 4 espectáculos, preferentemente en el
espacio escénico.
6. El caché acordado con la empresa artística, de conformidad con las condiciones
establecidas en la convocatoria, será abonado un tercio por parte de la entidad que
gestiona cada teatro y dos tercios por parte de la Agencia por lo que, una vez concretadas
las representaciones, la compañía/formación deberá suscribir los preceptivos contratos de
representación pública tanto con el Ayuntamiento (o entidad jurídica pública que ostente
la representación del teatro) como con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
Del mismo modo deberá emitir a cada una de las instituciones la factura correspondiente
a su parte del total del caché.
7. El período de inscripción para los centros educativos estará abierto durante el
mes de septiembre preferentemente, permaneciendo abierto posteriormente para las
funciones donde aún no se hayan ocupado todas las plazas, siendo admitidas nuevas
inscripciones preferentemente en los meses de enero y febrero.
8. La taquilla tendrá un precio único de 3,5 euros, salvo para las actividades en el
aula que serán gratuitas.
La Agencia se reserva el derecho a modificar ese precio para atender solicitudes de
centros en riesgo de exclusión social o por eventualidades que hagan que la realización
de una función escolar dependa de la rebaja de ese precio.
9. La taquilla se gestionará desde la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales que
asumirá el pago, a la entidad de gestión que corresponda, de los derechos de propiedad
intelectual como consecuencia del acto de comunicación pública.
10. La emisión de los certificados correspondientes a las actuaciones del programa
corresponderá a los respectivos teatros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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