Disposiciones generales. . (2025/90-1)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas para la adhesión de espacios municipales de titularidad al Programa Abecedaria de la Red Andaluza de Teatros Públicos, curso escolar 2026-27.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6633/6

11. Corresponde al Ayuntamiento asumir los gastos que se deriven del normal
funcionamiento del espacio escénico.
12. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asumirá la imagen general
del programa así como los elementos y formatos promocionales, debiendo los teatros
municipales seguir sus instrucciones en cuanto a su utilización. Igualmente establecerá
los términos, ubicación, tamaño y soportes en los que se debe incluir la identificación
de su participación. El municipio deberá reproducir la sintonía y la locución alusiva al
programa facilitada por la Agencia, al comienzo de cada representación.
Asimismo, el teatro deberá colocar en lugar visible la placa distintiva del programa
Red Andaluza de Teatros Públicos.
13. Una vez realizada cada representación, la entidad local deberá remitir a la
Agencia, en el plazo de un mes, la factura correspondiente a la función o funciones, y en
el plazo de 5 días hábiles deberá remitir el formulario de evaluación, por vía telemática a
través de la web www.redandaluzadeteatrospublicos.es
Si por razones imputables a la entidad local se tuviera que cambiar la fecha de
la actividad prevista, tratará de encontrar otra fecha alternativa de acuerdo con el/los
artista/s, siendo por cuenta de la entidad local los gastos adicionales que por tal cambio
pudieran derivarse. Si las razones fueran imputables a la Agencia, ésta asumirá los
gastos adicionales del cambio.
14. El municipio deberá remitir a la Agencia la documentación bancaria que acredite el
abono de las facturas de todas las representaciones por vía telemática a través de la web.
15. Los Ayuntamientos dispondrán de un plazo de tres meses para justificar ante la
Agencia el pago en plazo de las deudas contraídas con las compañías participantes.
El transcurso de ese plazo sin la presentación de la correspondiente documentación
justificativa del pago a las compañías, faculta a la Agencia para suspender las
representaciones públicas referidas a la Red Andaluza de Teatros Públicos, las cuales
sólo se reanudarán cuando se acrediten la realización de los pagos pendientes a las
compañías participantes.
Noveno. Forma de pago.
La Agencia abonará a las compañías la parte correspondiente del caché de las
representaciones realizadas en el programa, previa presentación de las correspondientes
facturas emitidas con las formalidades legalmente establecidas.
Décimo. Devolución de solicitudes originales.
1. La documentación de las propuestas no seleccionadas quedarán a disposición de
los interesados durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución,
en la oficina de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, Dirección de Música y
Artes Escénicas.
2. La documentación no retirada en esta fecha pasará a formar parte de los fondos de
la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo.

00320234

Sevilla, 30 de abril de 2025.- El Director, José Ángel Vélez González.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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