3. Otras disposiciones. . (2025/89-32)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la actividad de interés etnológico denominada Carpintería de Ribera en la provincia de Málaga.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Martes, 13 de mayo de 2025
página 6527/2
del litoral malagueño, empleadas tradicional y principalmente para la pesca de playa con
artes de bajura pero también para la carga y el transporte, así como de otros elementos
accesorios (remos, parales, tornos...), igualmente necesarios para estas actividades,
distinguiéndose en estos oficios entre el carpintero de ribera, que conoce las técnicas
para trazar y dibujar, y por tanto construir interpretando un diseño previo, y el calafate,
dedicado principalmente a reparaciones.
Las embarcaciones tradicionales de madera varadas en las playas malagueñas
conforman una imagen fuertemente arraigada en la colectividad, constituyendo un signo
identitario del pueblo malagueño, imagen muy ligada también a la tradición a través de la
gastronomía local, con especialidades como el «pescaíto frito» -principalmente boqueróno el espeto de sardinas, y de celebraciones marineras de fuerte raigambre popular como
las correspondientes al día de la Virgen del Carmen, cada 16 de julio, con procesiones
marineras a lo largo de toda la costa malagueña.
Por todo lo cual, en cumplimiento de la Sentencia 768/2019, de 11 de marzo de 2019,
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sala de lo ContenciosoAdministrativo de Málaga, en la que se ordena incoar el procedimiento pertinente para la
revisión y actualización de la inscripción y la figura de protección que ampara a la Actividad
de Interés Etnológico denominada Carpintería de Ribera de las Playas de Pedregalejo de
Málaga y a la vista de la propuesta del Servicio de Bienes Culturales de esta Delegación
Territorial, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 14/2007 de 26 de
noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el artículo 5.1 del Reglamento de
Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la Actividad de Interés
Etnológico denominada Carpintería de Ribera en la provincia de Málaga, cuya descripción
figura en el anexo a la presente resolución.
Segundo. Adscribir provisionalmente un ámbito territorial vinculado al desarrollo de
la Actividad de Interés Etnológico que se relaciona y describe en el anexo a la presente
resolución.
Tercero. Establecer provisionalmente las Instrucciones Particulares que a modo de
Recomendaciones para la Salvaguarda constan en el anexo a la presente resolución.
Cuarto. Hacer saber a las personas y entidades interesadas que tienen el deber de
conservar, mantener y custodiar la Actividad de Interés Etnológico objeto de la presente
incoación de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán
permitir su inspección por personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así
como su estudio a quienes se acredite por la misma.
Sexto. Ordenar que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y disponer la apertura de un periodo de información pública a fin de
que quienes tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que
estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar desde el día siguiente a la
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Málaga, 25 de abril de 2025.- El Delegado, Carlos García Giménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320127
Quinto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones
en vigor. Dicha tramitación se llevará a cabo por la Delegación Territorial de la Consejería
de Cultura y Deporte en Málaga.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Martes, 13 de mayo de 2025
página 6527/2
del litoral malagueño, empleadas tradicional y principalmente para la pesca de playa con
artes de bajura pero también para la carga y el transporte, así como de otros elementos
accesorios (remos, parales, tornos...), igualmente necesarios para estas actividades,
distinguiéndose en estos oficios entre el carpintero de ribera, que conoce las técnicas
para trazar y dibujar, y por tanto construir interpretando un diseño previo, y el calafate,
dedicado principalmente a reparaciones.
Las embarcaciones tradicionales de madera varadas en las playas malagueñas
conforman una imagen fuertemente arraigada en la colectividad, constituyendo un signo
identitario del pueblo malagueño, imagen muy ligada también a la tradición a través de la
gastronomía local, con especialidades como el «pescaíto frito» -principalmente boqueróno el espeto de sardinas, y de celebraciones marineras de fuerte raigambre popular como
las correspondientes al día de la Virgen del Carmen, cada 16 de julio, con procesiones
marineras a lo largo de toda la costa malagueña.
Por todo lo cual, en cumplimiento de la Sentencia 768/2019, de 11 de marzo de 2019,
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sala de lo ContenciosoAdministrativo de Málaga, en la que se ordena incoar el procedimiento pertinente para la
revisión y actualización de la inscripción y la figura de protección que ampara a la Actividad
de Interés Etnológico denominada Carpintería de Ribera de las Playas de Pedregalejo de
Málaga y a la vista de la propuesta del Servicio de Bienes Culturales de esta Delegación
Territorial, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 14/2007 de 26 de
noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el artículo 5.1 del Reglamento de
Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la Actividad de Interés
Etnológico denominada Carpintería de Ribera en la provincia de Málaga, cuya descripción
figura en el anexo a la presente resolución.
Segundo. Adscribir provisionalmente un ámbito territorial vinculado al desarrollo de
la Actividad de Interés Etnológico que se relaciona y describe en el anexo a la presente
resolución.
Tercero. Establecer provisionalmente las Instrucciones Particulares que a modo de
Recomendaciones para la Salvaguarda constan en el anexo a la presente resolución.
Cuarto. Hacer saber a las personas y entidades interesadas que tienen el deber de
conservar, mantener y custodiar la Actividad de Interés Etnológico objeto de la presente
incoación de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán
permitir su inspección por personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así
como su estudio a quienes se acredite por la misma.
Sexto. Ordenar que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y disponer la apertura de un periodo de información pública a fin de
que quienes tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que
estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar desde el día siguiente a la
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Málaga, 25 de abril de 2025.- El Delegado, Carlos García Giménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320127
Quinto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones
en vigor. Dicha tramitación se llevará a cabo por la Delegación Territorial de la Consejería
de Cultura y Deporte en Málaga.