Autoridades y personal. . (2025/85-18)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2024/2025.
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Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6264/3
Lengua Extranjera II y la materia específica obligatoria de la modalidad de Bachillerato
cursadas en segundo curso de esa etapa; todo ello, conforme al modelo que se incluye
en el Anexo II de la mencionada Orden de 21 de mayo de 2013.
d) La Dirección de cada Instituto de Educación Secundaria generará y firmará a
través del Sistema de Información Séneca la propuesta de alumnado que, reuniendo los
requisitos, haya manifestado su deseo de participar en las pruebas selectivas para la
obtención del Premio Extraordinario y será enviada a la persona titular de la Delegación
Territorial con competencias en materia de educación, conforme al Anexo III de la Orden
de 21 de mayo de 2013, hasta el día 11 de junio incluido.
e) Las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
comunicarán a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa la información
relativa a la composición de los tribunales, el lugar de realización de las pruebas, así como
el número de personas inscritas, el idioma cursado como Primera Lengua Extranjera II,
y la materia específica obligatoria de la modalidad cursada en segundo curso de
Bachillerato, sobre las que realizarán las pruebas, hasta el día 13 de junio incluido.
f) Las pruebas selectivas se celebrarán el día 17 de junio en los lugares señalados por
cada una de las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
en sus respectivos tablones de anuncios y páginas web.
g) Los tribunales calificadores constituidos según el artículo 7 de la Orden de 21
de mayo de 2013, publicarán, teniendo en consideración lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, las listas provisionales con las calificaciones obtenidas por
cada participante en cada uno de los ejercicios, hasta el día 4 de julio incluido. Dicha
publicación deberá permanecer expuesta en los respectivos tablones de anuncios y
páginas web hasta la terminación del plazo de recurso de alzada al que se refiere el
artículo 9 de la Orden de 21 de mayo de 2013.
h) El alumnado podrá presentar las alegaciones que estime oportunas contra las
listas provisionales, y que irán dirigidas a la persona que ostente la presidencia del
tribunal calificador, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente
a aquel en el que se hagan públicas las mismas. Si el alumnado es menor de edad,
lo podrán hacer sus padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal. Estas
alegaciones se podrán presentar bien de manera presencial en la secretaría del
centro donde tenga su sede dicho tribunal o a través de cualquiera de los medios
relacionado en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en cuyo caso, con la finalidad
de agilizar el procedimiento, podrá remitirse copia de la misma a la presidencia del
tribunal.
i) Los tribunales calificadores publicarán, teniendo en consideración lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, las listas con las calificaciones definitivas,
hasta el 11 de julio incluido. Dicha publicación tendrá carácter exclusivamente informativo,
comunicándose que, a efectos oficiales, no lo será hasta la publicación de la resolución
de concesión dictada por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa,
en cumplimiento del art. 9.3 de la Orden de 21 de mayo de 2013. Asimismo, deberá
permanecer expuesta en los respectivos tablones de anuncios y páginas web hasta la
terminación del plazo de recurso de alzada al que se refiere el artículo 9 de la Orden
de 21 de mayo de 2013.
j) Las personas que ejerzan la presidencia de los tribunales calificadores comunicarán
a los centros solicitantes la relación del alumnado que ha superado las pruebas,
remitiendo asimismo a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa dicha
propuesta, para la concesión del Premio Extraordinario, hasta el día 16 de julio incluido.
k) Los tribunales calificadores remitirán un ejemplar del acta de las actuaciones
realizadas en el procedimiento a la Dirección General de Ordenación y Evaluación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319865
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 6264/3
Lengua Extranjera II y la materia específica obligatoria de la modalidad de Bachillerato
cursadas en segundo curso de esa etapa; todo ello, conforme al modelo que se incluye
en el Anexo II de la mencionada Orden de 21 de mayo de 2013.
d) La Dirección de cada Instituto de Educación Secundaria generará y firmará a
través del Sistema de Información Séneca la propuesta de alumnado que, reuniendo los
requisitos, haya manifestado su deseo de participar en las pruebas selectivas para la
obtención del Premio Extraordinario y será enviada a la persona titular de la Delegación
Territorial con competencias en materia de educación, conforme al Anexo III de la Orden
de 21 de mayo de 2013, hasta el día 11 de junio incluido.
e) Las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
comunicarán a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa la información
relativa a la composición de los tribunales, el lugar de realización de las pruebas, así como
el número de personas inscritas, el idioma cursado como Primera Lengua Extranjera II,
y la materia específica obligatoria de la modalidad cursada en segundo curso de
Bachillerato, sobre las que realizarán las pruebas, hasta el día 13 de junio incluido.
f) Las pruebas selectivas se celebrarán el día 17 de junio en los lugares señalados por
cada una de las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
en sus respectivos tablones de anuncios y páginas web.
g) Los tribunales calificadores constituidos según el artículo 7 de la Orden de 21
de mayo de 2013, publicarán, teniendo en consideración lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, las listas provisionales con las calificaciones obtenidas por
cada participante en cada uno de los ejercicios, hasta el día 4 de julio incluido. Dicha
publicación deberá permanecer expuesta en los respectivos tablones de anuncios y
páginas web hasta la terminación del plazo de recurso de alzada al que se refiere el
artículo 9 de la Orden de 21 de mayo de 2013.
h) El alumnado podrá presentar las alegaciones que estime oportunas contra las
listas provisionales, y que irán dirigidas a la persona que ostente la presidencia del
tribunal calificador, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente
a aquel en el que se hagan públicas las mismas. Si el alumnado es menor de edad,
lo podrán hacer sus padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal. Estas
alegaciones se podrán presentar bien de manera presencial en la secretaría del
centro donde tenga su sede dicho tribunal o a través de cualquiera de los medios
relacionado en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en cuyo caso, con la finalidad
de agilizar el procedimiento, podrá remitirse copia de la misma a la presidencia del
tribunal.
i) Los tribunales calificadores publicarán, teniendo en consideración lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, las listas con las calificaciones definitivas,
hasta el 11 de julio incluido. Dicha publicación tendrá carácter exclusivamente informativo,
comunicándose que, a efectos oficiales, no lo será hasta la publicación de la resolución
de concesión dictada por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa,
en cumplimiento del art. 9.3 de la Orden de 21 de mayo de 2013. Asimismo, deberá
permanecer expuesta en los respectivos tablones de anuncios y páginas web hasta la
terminación del plazo de recurso de alzada al que se refiere el artículo 9 de la Orden
de 21 de mayo de 2013.
j) Las personas que ejerzan la presidencia de los tribunales calificadores comunicarán
a los centros solicitantes la relación del alumnado que ha superado las pruebas,
remitiendo asimismo a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa dicha
propuesta, para la concesión del Premio Extraordinario, hasta el día 16 de julio incluido.
k) Los tribunales calificadores remitirán un ejemplar del acta de las actuaciones
realizadas en el procedimiento a la Dirección General de Ordenación y Evaluación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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