Autoridades y personal. . (2025/85-18)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2024/2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6264/2

RESU ELV E
Primero. Objeto.
Convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato para el curso académico
2024/2025.
Segundo. Número máximo y cuantía económica de los Premios Extraordinarios.
En la convocatoria a la que se refiere esta Resolución corresponde otorgar un total
máximo de 68 Premios Extraordinarios según el siguiente criterio: en cada provincia se
concederá un Premio por cada 1.000 alumnos y/o alumnas, o fracción superior a 500,
matriculados en segundo curso de Bachillerato en el curso académico 2024/2025, en
centros docentes públicos y privados, incluido el alumnado que cursa Bachillerato para
personas adultas.
Según los datos que obran en esta Consejería, una vez aplicado el criterio
anteriormente especificado, la distribución provincial de dichos Premios Extraordinarios
será la siguiente:
PROVINCIA

NÚM. MÁX. DE PREMIOS

Almería

6

Cádiz

11

Córdoba

6

Granada

8

Huelva

4

Jaén

4

Málaga

13

Sevilla

16

Tercero. Propuesta del alumnado candidato y calendario del procedimiento.
El calendario de desarrollo del procedimiento a seguir para la concesión de los
Premios Extraordinarios será el siguiente:
a) Las personas titulares de la dirección de los centros docentes privados deberán
remitir a los Institutos de Educación Secundaria a los que estén adscritos la relación del
alumnado de segundo curso de Bachillerato que cumpla los requisitos establecidos en el
artículo 2 de la Orden de 21 de mayo de 2013 para optar a los Premios, hasta el día 2 de
junio incluido.
b) La Dirección de los Institutos de Educación Secundaria publicará el día 3 de junio
en el tablón de anuncios del centro docente la relación del alumnado que será propuesto
para la obtención del Premio Extraordinario, mediante la celebración de las pruebas
correspondientes, incluyendo al alumnado citado en el subapartado anterior, conforme al
Anexo I de la Orden de 21 de mayo de 2013. Dicha propuesta se realizará a partir de la
información generada por el Sistema de Información Séneca.
c) El alumnado que figure en la relación elaborada por los Institutos de Educación
Secundaria tendrá de plazo hasta el día 10 de junio incluido para comunicar a la dirección
del centro docente correspondiente, su conformidad con ser propuesto para la realización
de las pruebas selectivas establecidas en el artículo 5 de la Orden de 21 de mayo de
2013, previa autorización de sus padres, madres o quienes ejerzan su tutela legal si
fueran menores de edad; así como el idioma contemplado en la materia de Primera
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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La dotación económica de cada Premio Extraordinario de Bachillerato será de 500
euros, que se harán efectivos con cargo a la partida 1100010336G/42D/22608/00 del
Presupuesto de Gastos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
de la Junta de Andalucía para el año 2025.