3. Otras disposiciones. . (2025/85-34)
Orden de 30 de abril de 2025, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio prestado por el personal de Enfermería Especialista en Ginecología y Obstetricia en los centro públicos sanitarios en la provincia de Málaga mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6252/2

Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni
tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 4. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán
observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los
usuarios de establecimientos sanitarios, y se garantizará la reanudación normal de la
actividad, una vez finalizada la huelga.
Artículo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de abril de 2025
ROCÍO HERNÁNDEZ SOTO
Consejera de Salud y Consumo

ANEXO I

00319851

Los servicios mínimos a aplicar en la jornada de huelga convocada serán los
siguientes:
- Mantener la actividad asistencial que presta el personal de Enfermería Obstétrico/
Ginecológica (Matrón/a) en un día festivo y, en todo caso, deberá garantizarse la atención
a las urgencias ginecológicas y obstétricas: parto, preeclampsia, rotura prematura de
membranas, hemorragias, etc.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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