Disposiciones generales. . (2025/508-1)
Decreto 98/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Sevilla.
85 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 8 - Viernes, 2 de mayo de 2025
página 6229/67

f) Proponer a las partes el mediador o mediadora que intervendrá en el mecanismo
de mediación o en el procedimiento de mediación.
g) Presentar al Claustro Universitario una memoria anual sobre los asuntos que
considere relevantes en materia de convivencia, pudiendo formular propuestas de mejora.
3. La composición, organización y funcionamiento de esta Comisión se establecerán
en las Normas de Convivencia.
Artículo 145. El Comité Técnico para la Prevención, Evaluación e Intervención en
Situaciones de Violencia, Discriminación y Acoso de la Universidad de Sevilla.
1. El Comité Técnico para la Prevención, Evaluación e Intervención en Situaciones de
Violencia, Discriminación y Acoso de la Universidad de Sevilla es un órgano colegiado
de carácter técnico y especializado que actúa con independencia e imparcialidad y que
realiza funciones de prevención, investigación y propuesta de actuaciones respecto de las
solicitudes de intervención que se planteen ante situaciones de violencia, discriminación
o acoso de cualquier naturaleza que se produzcan en el ámbito de la Universidad de
Sevilla.
2. La composición y funciones de este Comité y sus actuaciones se regularán de
acuerdo con lo previsto en las Normas de Convivencia de la Universidad de Sevilla.
Artículo 146. La Comisión de Reclamaciones.
1. La Comisión de Reclamaciones es el órgano colegiado de la Universidad de Sevilla
al que corresponde conocer y valorar las reclamaciones que se presenten contra las
propuestas de provisión, o de no provisión, emanadas de las comisiones de selección de
los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios que se celebren
en la Universidad de Sevilla.
2. Esta Comisión estará integrada por un número impar de catedráticos y
catedráticas de la Universidad de Sevilla con amplia experiencia docente e investigadora,
pertenecientes a las distintas ramas del conocimiento, respetando en su composición la
representación equilibrada de mujeres y hombres.
3. Los miembros de la Comisión serán elegidos por el Claustro Universitario, a
propuesta del Rector o Rectora, para un período de cuatro años.
TÍTULO IV
ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA
CAPÍTULO I

Artículo 147. La administración universitaria.
1. La Universidad de Sevilla se estructura en áreas de gestión, servicios, secciones y
unidades administrativas para el desarrollo de las funciones que como servicio público le
corresponden bajo la dirección de la Gerencia. Estos niveles organizativos se configuran
mediante la relación de puestos de trabajo y comprenden las dotaciones de su plantilla y
su dependencia orgánica y funcional.
2. Su organización administrativa se basa en los principios de eficacia, jerarquía,
coordinación, transparencia, integridad, de rendición de cuentas, de cooperación y
asistencia activa a otras universidades y Administraciones Públicas y actúa con un
sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
3. La prestación de servicios por parte del personal técnico, de gestión y de
administración y servicios se realizará con carácter ordinario a través de la modalidad
presencial. Previa negociación con la representación de los trabajadores y trabajadoras,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319829

Disposiciones generales