Disposiciones generales. . (2025/508-1)
Decreto 98/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Sevilla.
85 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 8 - Viernes, 2 de mayo de 2025
página 6229/31

Artículo 43. Director o Directora del Departamento.
1. El Director o Directora ostenta la representación del Departamento y ejerce las
funciones de dirección y gestión ordinaria de este. Será nombrado o nombrada por el
Rector o Rectora, previa elección con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 siguiente.
2. La elección deberá recaer en un profesor o profesora de los cuerpos docentes
o permanente laboral, miembro del departamento. Dicha elección requerirá mayoría
absoluta en primera votación y, de no lograrse esta, mayoría simple en la segunda. En la
segunda vuelta solo serán candidatas o candidatos los dos más votados en la primera.
En el supuesto de una sola candidatura únicamente se celebrará la primera vuelta en la
que se requerirá la mayoría simple de votos.
3. Si en un departamento no pudiera efectuarse la elección, el Rectorado, oído el
Consejo de Departamento, arbitrará las medidas provisionales oportunas.
4. El mandato de los Directores o Directoras de Departamento tendrá una duración
de seis años improrrogables y no renovables.
5. El Consejo de Departamento podrá revocar al titular de la Dirección por acuerdo
adoptado por mayoría absoluta de sus miembros.
Artículo 44. Competencias del Director o Directora del Departamento.
Son competencias del Director o Directora del Departamento:
a) Representar al departamento y ejercer su dirección y gestión ordinaria.
b) Convocar y presidir el Consejo de Departamento, y fijar el orden del día, que en
todo caso deberá incluir los puntos propuestos por, al menos, un diez por ciento de sus
miembros.
c) Ejecutar los acuerdos del Consejo de Departamento.
d) Coordinar las actividades docentes, investigadoras y de gestión, administración y
servicios, conforme a los acuerdos del Consejo de Departamento.
e) Elaborar el proyecto de distribución de los recursos financieros del departamento.
f) Ordenar y autorizar los gastos del departamento.
g) Informar las propuestas presentadas al Consejo de Departamento.
h) Proponer acciones en el departamento en materia de igualdad, diversidad,
conciliación, sostenibilidad, prevención de riesgos laborales y promoción de la salud, de
acuerdo con los planes adoptados por la Universidad.
i) Cualesquiera otras que le atribuyan los presentes Estatutos o las disposiciones
vigentes.
Artículo 45. El Secretario o la Secretaria del Departamento.
1. El Secretario o la Secretaria del Departamento, lo será también de su Consejo. Le
corresponde la cumplimentación y custodia de los libros de actas, así como el libramiento
de certificaciones de los acuerdos del Consejo y de cuantos hechos consten en la
documentación oficial del departamento.
2. Será nombrado o nombrada por el Rector o Rectora, a propuesta de la Dirección
del Departamento, de entre los miembros del Consejo de Departamento que formen
parte del personal de la Universidad de Sevilla y reúnan los requisitos legales para ello.

Artículo 46. Institutos universitarios e interuniversitarios de investigación.
1. Los institutos universitarios e interuniversitarios de investigación son centros
dedicados a la investigación humanística, científica, técnica, social, cultural o a la creación
artística.
2. La Universidad de Sevilla fomentará que sus institutos universitarios de investigación
tengan un carácter interdisciplinar y que sean preferentemente interuniversitarios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319829

Sección 4.ª Institutos universitarios de investigación