Disposiciones generales. . (2025/508-1)
Decreto 98/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 8 - Viernes, 2 de mayo de 2025
página 6229/10

Artículo 5. Internacionalización de las actividades de la Universidad de Sevilla.
1. La Universidad de Sevilla fomentará la internacionalización de su docencia,
investigación, transferencia e intercambio del conocimiento, de la formación y de sus
planes de estudio y su acreditación de acuerdo con su estrategia de internacionalización.
2. Por parte de los órganos de gobierno de la Universidad de Sevilla se articularán
las políticas y medidas necesarias para la plena integración de todas sus estructuras y
actividades en el Espacio Europeo de Educación Superior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319829

c) La determinación de su organización y estructuras, incluida la creación de
organismos y entidades que actúen como apoyo para sus actividades.
d) La elección, designación y remoción de los titulares de los correspondientes
órganos de gobierno y de representación.
e) La autonomía económica y financiera que comprende la elaboración, aprobación y
gestión de su presupuesto, la contratación pública y la administración de sus bienes.
f) La propuesta y determinación de la estructura y organización de la oferta de
enseñanzas universitarias oficiales, así como de enseñanzas propias universitarias,
incluida la formación a lo largo de la vida.
g) La elaboración y aprobación de planes de estudio conducentes a la obtención de
títulos universitarios oficiales de grado o de máster universitario, o que conduzcan a la
obtención de títulos propios, así como la oferta de programas de doctorado.
h) La expedición de los títulos correspondientes a las enseñanzas universitarias de
carácter oficial, así como de títulos propios, incluida la formación a lo largo de la vida.
i) El establecimiento e implantación de programas de investigación y de transferencia
e intercambio del conocimiento e innovación.
j) La selección, formación y promoción del personal docente e investigador y personal
técnico, de gestión y de administración y servicios, así como la determinación de las
condiciones en que han de desarrollar sus actividades y sus características.
k) El establecimiento de sus relaciones de puestos de trabajo o plantillas, y su eventual
modificación.
l) La admisión de los y las estudiantes, su régimen de permanencia, la verificación
de sus conocimientos, competencias y habilidades, y la gestión de sus expedientes
académicos.
m) El fomento y la gestión de programas de movilidad propios o promovidos por otras
Administraciones Públicas.
n) La organización y desarrollo de actividades de tutoría académica y de apoyo al
estudiantado.
ñ) El impulso de programas específicos de becas y ayudas a los y las estudiantes, así
como la colaboración en su gestión cuando son establecidos por otras Administraciones
Públicas.
o) La definición, estructuración y desarrollo de sistemas internos de garantía de la
calidad de las actividades académicas.
p) La definición, estructuración y desarrollo de políticas propias que contribuyan a la
internacionalización de la Universidad de Sevilla.
q) El establecimiento de relaciones con otras universidades, instituciones,
organismos, Corporaciones de Derecho Público, Administraciones Públicas o empresas
y entidades locales, nacionales e internacionales, con el objeto de desarrollar algunas de
las funciones que le son propias.
r) El desarrollo de las normas de convivencia y de los mecanismos de mediación para
la solución alternativa de los conflictos en el ámbito de la Universidad de Sevilla.
s) La organización de actividades culturales, deportivas y de cooperación al desarrollo.
t) Cualquier otra competencia o actuación necesaria para el adecuado cumplimiento
de los objetivos básicos previstos en el artículo 3 de estos Estatutos.