3. Otras disposiciones. . (2025/79-26)
Orden de 21 de abril de 2025, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Lunes, 28 de abril de 2025
página 5908/11
Disposición adicional primera. Régimen especial del personal dependiente de la
persona titular de la Consejería y de su Gabinete.
El personal dependiente de la persona titular de la Consejería y aquel que se
encuentre adscrito a su Gabinete, se considerarán adscritos, a los efectos de aplicación
de esta orden, a la Viceconsejería.
Disposición adicional segunda. Publicidad de otras delegaciones de competencias.
1. A los efectos de lo previsto en los artículos 9.3 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y los artículos 102.1 y 108.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, se da publicidad
a la Resolución de la Viceconsejería de Turismo y Andalucía Exterior por la que se
delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, que figura como Anexo I.
2. Asimismo se da publicidad a la Resolución de la Secretaría General Técnica de
la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior por la que se delegan competencias en
diversos órganos de la Consejería en materia de responsabilidad patrimonial, que figura
como Anexo II.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la fecha en que surta efectos lo
dispuesto en la presente orden serán tramitados y resueltos por los órganos que resulten
competentes a tenor de esta, de conformidad con las delegaciones previstas en la misma.
Disposición final primera. Cese en sus efectos de delegaciones anteriores.
Quedan sin efecto cuantas delegaciones de competencias se opongan a lo dispuesto
en esta orden y expresamente, en lo que corresponda al ámbito competencial de esta
Consejería:
a) La Orden de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, de 20 de mayo de 2020, por la que se delegan competencias en los órganos
directivos centrales y periféricos de esta Consejería.
b) Orden de 14 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en diversos
órganos de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa y se publicita delegaciones de competencias de otros órganos.
Disposición final segunda. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de abril de 2025
ARTURO BERNAL BERGUA
00319509
Consejero de Turismo y Andalucía Exterior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Lunes, 28 de abril de 2025
página 5908/11
Disposición adicional primera. Régimen especial del personal dependiente de la
persona titular de la Consejería y de su Gabinete.
El personal dependiente de la persona titular de la Consejería y aquel que se
encuentre adscrito a su Gabinete, se considerarán adscritos, a los efectos de aplicación
de esta orden, a la Viceconsejería.
Disposición adicional segunda. Publicidad de otras delegaciones de competencias.
1. A los efectos de lo previsto en los artículos 9.3 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y los artículos 102.1 y 108.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, se da publicidad
a la Resolución de la Viceconsejería de Turismo y Andalucía Exterior por la que se
delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, que figura como Anexo I.
2. Asimismo se da publicidad a la Resolución de la Secretaría General Técnica de
la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior por la que se delegan competencias en
diversos órganos de la Consejería en materia de responsabilidad patrimonial, que figura
como Anexo II.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la fecha en que surta efectos lo
dispuesto en la presente orden serán tramitados y resueltos por los órganos que resulten
competentes a tenor de esta, de conformidad con las delegaciones previstas en la misma.
Disposición final primera. Cese en sus efectos de delegaciones anteriores.
Quedan sin efecto cuantas delegaciones de competencias se opongan a lo dispuesto
en esta orden y expresamente, en lo que corresponda al ámbito competencial de esta
Consejería:
a) La Orden de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, de 20 de mayo de 2020, por la que se delegan competencias en los órganos
directivos centrales y periféricos de esta Consejería.
b) Orden de 14 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en diversos
órganos de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa y se publicita delegaciones de competencias de otros órganos.
Disposición final segunda. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de abril de 2025
ARTURO BERNAL BERGUA
00319509
Consejero de Turismo y Andalucía Exterior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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