3. Otras disposiciones. . (2025/76-29)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública la instalación eléctrica que se cita. (PP. 755/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5118/4

Sexto. Con respecto a las alegaciones formuladas en el período de información pública
del presente expediente, una vez analizadas todas ellas así como las contestaciones
efectuadas por la entidad beneficiaria a cada una de ellas, procede:
Desestimar las alegaciones formuladas con fecha 23 de diciembre de 2021 por
don Andrés Gómez Fernández, ya que la sustitución de la línea eléctrica cuenta con
las preceptivas Autorizaciones Administrativas Previas y de Construcción por parte de
la Delegación del Gobierno en Cádiz, mediante Resolución de 16 de septiembre de
2019 dictada por la Delegación del Gobierno en Cádiz. Es decir, se han cumplido con
todos los trámites reglamentarios de acuerdo con el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre,
relativo a las autorizaciones para la construcción, modificación, ampliación y explotación
de instalaciones eléctricas, no siendo necesaria la evaluación de impacto ambiental al
tratarse de una modificación no sustancial.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente
para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de Declaración de
Utilidad Pública en virtud de lo previsto en el artículo 49.1.a)del Estatuto de Autonomía
para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto
163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería
de Política Industrial y Energía; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto-ley 26/2021, de 14 de
diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de
la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; Resolución de 11 de
marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas
competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia
de energía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Ley 2/2007, de 27 de marzo, de
fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía;
Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía
y fomento de las energías renovables en Andalucía; Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de
junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la
reactivación económica; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Real Decreto 413/2014, de 6 de
junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; Real Decreto 1183/2020, de 29
de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía
eléctrica; Instrucción 1/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre
la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de
Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318721

Segundo. Asimismo, son de aplicación general al procedimiento la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.