3. Otras disposiciones. . (2025/73-37)
Resolución de 10 de abril de la 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de la normativa de la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Ubrique, aprobado por Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 13 de diciembre de 2024.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA

Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III
Secretaría General Técnica

BOJA

Número 73 - Miércoles, 16 de abril de 2025

página
Hoja5429/34
34 de 242

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

ORGANISMO:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA EN CÁDIZ

3.2- Frente a las puertas que comunican los aparcamientos a los que hace referencia el punto 1 anterior con otras
zonas, dichos itinerarios se protegerán mediante la disposición de barreras situadas a una distancia de las puertas
de 1,20 m, como mínimo, y con una altura de 80 cm, como mínimo.
4. Señalización
4.1- Debe señalizarse, conforme a lo establecido en el código de la circulación: a) el sentido de la circulación y las
salidas; b) la velocidad máxima de circulación de 20 km/h; c) las zonas de tránsito y paso de peatones, en las vías o
rampas de circulación y acceso; Los aparcamientos a los que pueda acceder transporte pesado tendrán
señalizado además los gálibos y las alturas limitadas.
4.2- Las zonas destinadas a almacenamiento y a carga o descarga deben estar señalizadas y delimitadas mediante
marcas viales o pinturas en el pavimento.
4.3- En los accesos de vehículos a viales exteriores desde establecimientos de uso Aparcamiento Colectivo se
dispondrán dispositivos que alerten al conductor de la presencia de peatones en las proximidades de dichos
accesos.

CAPÍTULO 4.

ORDENANZA DE OCUPACIÓN TEMPORAL PARA APARCAMIENTO EN SOLARES (OTAS)

En todos los casos de solares o parcelas no ocupadas en suelo urbano, el Ayuntamiento podrá aplicar la presente disposición
en las Áreas Homogéneas de Ensanche y de Casco Antiguo, de acuerdo al artículo 24 de la LISTA. Para ello, el PGOU determina
un año desde su aprobación definitiva como plazo para solicitar la licencia de edificación de los solares y parcelas no ocupadas
de dichas Áreas Homogéneas, y sin que esta determinación presuponga la aplicación del artículo 104 de la LISTA. Transcurrido
ese plazo, será de aplicación la presente Ordenanza OTAS, con las condiciones adicionales tales como canon y responsabilidad
que se aprueben en Ordenanza Municipal.

00319030

1.- En solares y parcelas no ocupadas, el Ayuntamiento podrá aprobar su ocupación temporal en superficie para uso público de
aparcamiento de vehículos.
2.- El Ayuntamiento tomará la decisión previo informe técnico municipal que justifique la capacidad y necesidad de la parcela
para el nuevo uso temporal. La tramitación seguirá el trámite de los Proyectos de Urbanización, con comunicación a la
propiedad. En caso de propiedad desconocida o con dirección desconocida, el Ayuntamiento publicará de forma adecuada (y
con Edicto adosado a la puerta del solar) durante un mes la resolución, a cuyo término sin contestación, podrá proceder a la
aplicación de estas condiciones.
3.- El Ayuntamiento costeará y ejecutará el acondicionamiento de la parcela para ese uso, incluso su cerramiento, y gestionará
su uso para aparcamiento de rotación, con asignación de canon o precio al vehículo usuario según el tiempo de aparcamiento.
La gestión podrá realizarse por concesión administrativa, previo concurso público, de varias o de todas las parcelas no
edificadas asimiladas a esta Ordenanza.
4.- La propiedad podrá obtener un beneficio, si se diera una vez descontado el coste de acondicionamiento y de gestión. Podrá
recuperar el uso del solar previa solicitud de licencia de edificación, con un plazo de tres meses para la cancelación de la
ocupación temporal, y sin compensación a la propiedad por las obras de acondicionamiento realizadas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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