3. Otras disposiciones. . (2025/73-37)
Resolución de 10 de abril de la 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de la normativa de la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Ubrique, aprobado por Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 13 de diciembre de 2024.
241 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA

Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III
Secretaría General Técnica

BOJA

Número 73 - Miércoles, 16 de abril de 2025

página
Hoja5429/12
12 de 242

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

ORGANISMO:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA EN CÁDIZ

El Pleno Municipal podrá aprobar la corrección, o la interpretación que considere más adecuada a determinaciones del
Plan General que sean ambiguas o para las que pudieran existir dos o más acepciones diferentes. La corrección, y la
interpretación oficial, requerirán un Informe Técnico del Servicio de Urbanismo municipal señalando el error, o la
ambigüedad o doble acepción posible existente, y la propuesta de corrección o de interpretación. Una vez aprobada, la
corrección o la interpretación se incorporará al documento del Plan General como anotación complementaria de la
determinación que se interpreta; y se expondrá en lugar adecuado para conocimiento del público y se enviará copia al
órgano competente de la aprobación definitiva del planeamiento.

CAPÍTULO 3.

NORMAS CON CARÁCTER ESTRUCTURAL

El Plan General establece la ordenación estructural del término municipal, que está constituida por la estructura general y
por las directrices que resultan del modelo asumido de evolución urbana y de ocupación del territorio. Son
determinaciones de carácter estructural:










La clasificación del suelo y de sus categorías.
Las determinaciones de uso del Suelo No Urbanizable de Especial Protección.
La regulación de los elementos calificados como Sistemas Generales.
Las relativas a los usos y edificabilidades globales de cada zona y sector del Suelo Urbano y de las Áreas de Reparto y
el Aprovechamiento Medio en Suelo Urbanizable.
La regulación sobre usos incompatibles.
Las condiciones para proceder a la sectorización del Suelo Urbanizable No Sectorizado.
Las sobre porcentaje mínimo de edificabilidad de viviendas de protección pública.
Las determinaciones de protección de ámbitos y elementos de interés histórico, valor arquitectónico o cultural.
El régimen de protección y servidumbres de los bienes de dominio público.

CAPÍTULO 4.
4.1.

SOBRE INSTRUMENTOS DE DESARROLLO Y LA EJECUCIÓN DEL PLAN GENERAL

Instrumentos de Desarrollo, Ordenación y Ejecución

El Plan General se desarrollará mediante los instrumentos de ordenación urbanística establecidos en el Título IV de la Ley
7/2021, y en el marco de lo establecido por la Disposición Transitoria de su Reglamento General. Las determinaciones de
ordenación urbanística general son las establecidas en el presente documento.
Las determinaciones de ordenación urbanística detallada se desarrollarán mediante los siguientes instrumentos:
a)
b)
c)
d)

Plan Parcial de Ordenación
Plan de Reforma Interior
Estudio de Ordenación
Plan Especial

00319030

Las determinaciones de cada ámbito sujeto a estos instrumentos en el Plan General se especifican en el presente
documento de Normas Urbanísticas en las respectivas Fichas de condiciones de desarrollo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja