3. Otras disposiciones. . (2025/72-33)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se asigna la cantidad global correspondiente al complemento de productividad de los Letrados y Letradas de Administración Sanitaria en aplicación de la disposición adicional segunda del Decreto 31/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Asistencia Jurídica al Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía, y se fijan los factores para su distribución individualizada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Martes, 15 de abril de 2025
página 5345/3
Quinta. Forma de evaluación y propuesta para la asignación.
La propuesta para la asignación individualizada del complemento corresponde a la
persona titular de la jefatura de la Asesoría Jurídica.
Dicha propuesta se realizará previa evaluación de los factores y conceptos que se
establecen en esta resolución respecto de los letrados y letradas adscritos a cada una de
las unidades administrativas de valoración, en la forma que se establece a continuación.
En las asesorías jurídicas provinciales la evaluación de los letrados y letradas adscritos
se realizará por la persona que ostente la jefatura de la asesoría jurídica provincial con el
apoyo de la persona titular de las adjuntías que tenga adscritas.
En los servicios centrales la evaluación de los letrados y letradas adscritos a cada
una de las áreas se realizará por la persona titular de la jefatura del área con el apoyo de
las personas titulares de las adjuntías que tenga adscritas.
La evaluación de las personas titulares de las jefaturas de las asesorías jurídicas
provinciales se realizará por la jefatura de la Asesoría Jurídica con el apoyo de las
personas titulares de las distintas áreas.
La evaluación de las personas titulares de las adjuntías, se realizará por las personas
titulares de la jefatura a la que estén adscritas.
La evaluación de las personas titulares de las jefaturas de área se realizará por la
persona titular de la jefatura de la Asesoría Jurídica.
La evaluación de la persona titular de la jefatura de Asesoría Jurídica se realizará por
la persona titular de la Dirección Gerencia del SAS.
A) Área de Asuntos Contenciosos. Puntuación máxima: 50 puntos (100%).
Las actuaciones objeto de valoración en este ámbito se corresponden con el
desempeño individual de las funciones del puesto, propias del área de asuntos
contenciosos. La valoración de los cinco factores se realizará de forma global sin una
atribución de puntos por cada uno de los conceptos que se desglosan, estableciéndose una
horquilla de puntuación por cada factor en atención al nivel y grado de cumplimentación, de
conformidad con los indicadores de cumplimiento descritos, que servirán para determinar
el porcentaje conforme al cual se aplicará la fórmula de abono del complemento.
Factores.
A.1. Cantidad y calidad en el trabajo desarrollado.
Nivel de eficacia en el desarrollo del puesto, relacionado con el volumen de trabajo
ejecutado, tiempo invertido en la actividad, grado de terminación o número de errores
cometidos en la ejecución del mismo, así como la complejidad de los asuntos.
Conceptos a valorar:
- Asistencia a vistas/actuaciones judiciales.
- Evacuación de trámites procesales en plazo.
- Reducción en el uso del plazo de caducidad en trámites de contestación por debajo
del 50% de demandas asumidas.
- Recursos presentados y admitidos y en particular, recursos extraordinarios.
- Admisión de recursos de casación o inadmisión de casación de la parte contraria.
- Complejidad de los asuntos por materia, volumen de documentación, normativa de
aplicación, existencia de precedentes desfavorables, dificultad probatoria, etc.
- Tiempo de antelación en la preparación de los procedimientos judiciales.
- Tiempo de antelación en la remisión de las preceptivas memorias para el visado y
autorización preceptiva por los superiores.
-
Obtención de cambios de criterio judicial a favor en asuntos con precedentes
desfavorables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318945
Sexta. Factores y conceptos de evaluación. Indicadores de cumplimiento.
La evaluación para la asignación individualizada del complemento se realizará
ateniendo a los siguientes factores y conceptos referidos a cada una de las unidades
administrativas de valoración, y se medirá atendiendo a los indicadores de cumplimiento
que se establecen respecto a cada uno de los factores.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Martes, 15 de abril de 2025
página 5345/3
Quinta. Forma de evaluación y propuesta para la asignación.
La propuesta para la asignación individualizada del complemento corresponde a la
persona titular de la jefatura de la Asesoría Jurídica.
Dicha propuesta se realizará previa evaluación de los factores y conceptos que se
establecen en esta resolución respecto de los letrados y letradas adscritos a cada una de
las unidades administrativas de valoración, en la forma que se establece a continuación.
En las asesorías jurídicas provinciales la evaluación de los letrados y letradas adscritos
se realizará por la persona que ostente la jefatura de la asesoría jurídica provincial con el
apoyo de la persona titular de las adjuntías que tenga adscritas.
En los servicios centrales la evaluación de los letrados y letradas adscritos a cada
una de las áreas se realizará por la persona titular de la jefatura del área con el apoyo de
las personas titulares de las adjuntías que tenga adscritas.
La evaluación de las personas titulares de las jefaturas de las asesorías jurídicas
provinciales se realizará por la jefatura de la Asesoría Jurídica con el apoyo de las
personas titulares de las distintas áreas.
La evaluación de las personas titulares de las adjuntías, se realizará por las personas
titulares de la jefatura a la que estén adscritas.
La evaluación de las personas titulares de las jefaturas de área se realizará por la
persona titular de la jefatura de la Asesoría Jurídica.
La evaluación de la persona titular de la jefatura de Asesoría Jurídica se realizará por
la persona titular de la Dirección Gerencia del SAS.
A) Área de Asuntos Contenciosos. Puntuación máxima: 50 puntos (100%).
Las actuaciones objeto de valoración en este ámbito se corresponden con el
desempeño individual de las funciones del puesto, propias del área de asuntos
contenciosos. La valoración de los cinco factores se realizará de forma global sin una
atribución de puntos por cada uno de los conceptos que se desglosan, estableciéndose una
horquilla de puntuación por cada factor en atención al nivel y grado de cumplimentación, de
conformidad con los indicadores de cumplimiento descritos, que servirán para determinar
el porcentaje conforme al cual se aplicará la fórmula de abono del complemento.
Factores.
A.1. Cantidad y calidad en el trabajo desarrollado.
Nivel de eficacia en el desarrollo del puesto, relacionado con el volumen de trabajo
ejecutado, tiempo invertido en la actividad, grado de terminación o número de errores
cometidos en la ejecución del mismo, así como la complejidad de los asuntos.
Conceptos a valorar:
- Asistencia a vistas/actuaciones judiciales.
- Evacuación de trámites procesales en plazo.
- Reducción en el uso del plazo de caducidad en trámites de contestación por debajo
del 50% de demandas asumidas.
- Recursos presentados y admitidos y en particular, recursos extraordinarios.
- Admisión de recursos de casación o inadmisión de casación de la parte contraria.
- Complejidad de los asuntos por materia, volumen de documentación, normativa de
aplicación, existencia de precedentes desfavorables, dificultad probatoria, etc.
- Tiempo de antelación en la preparación de los procedimientos judiciales.
- Tiempo de antelación en la remisión de las preceptivas memorias para el visado y
autorización preceptiva por los superiores.
-
Obtención de cambios de criterio judicial a favor en asuntos con precedentes
desfavorables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318945
Sexta. Factores y conceptos de evaluación. Indicadores de cumplimiento.
La evaluación para la asignación individualizada del complemento se realizará
ateniendo a los siguientes factores y conceptos referidos a cada una de las unidades
administrativas de valoración, y se medirá atendiendo a los indicadores de cumplimiento
que se establecen respecto a cada uno de los factores.