Disposiciones generales. . (2025/72-1)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 24 de febrero de 2025, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para apoyar los costes de gestión, seguimiento y evaluación de las estrategias de desarrollo local y su animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, en el marco de la Intervención 7119.4 LEADER del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España.
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Martes, 15 de abril de 2025
página 5398/3

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 115, apartado 1,
del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el artículo 15,
apartado 4, de la Orden de 24 de febrero de 2025, que delega en la persona titular de la
Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria la competencia
para convocar y resolver las ayudas reguladas en la misma,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las ayudas previstas en la Orden de 24 de febrero de 2025, de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, para apoyar los costes de gestión, seguimiento y evaluación de las estrategias
de desarrollo local y su animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, en
el marco de la Intervención 7119.4 LEADER del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común 2023-2027 de España (BOJA número 42, de 4 de marzo de 2025).
2. La información asociada al procedimiento de ayudas objeto de la presente
convocatoria está disponible, con Registro de Procedimientos y Servicios número 25596
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el siguiente enlace del Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la
Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25596.html

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el
día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto
previsto en el artículo 20, apartado 8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de
inadmisión será notificada a la entidad interesada por medios electrónicos, en los términos
del artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2. La solicitud irá dirigida a la persona titular de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria.
Cuarto. Solicitudes y documentación.
1. La solicitud de ayuda deberá formularse conforme al modelo normalizado recogido
como Anexo I, que se publica conjuntamente con la presente convocatoria. Dicho modelo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318999

Segundo. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar ser beneficiarias de las ayudas las entidades que hayan obtenido
el reconocimiento de Grupo de Desarrollo Rural de Andalucía para el período 2023-2027,
conforme al procedimiento establecido en la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que
se regula y se convoca el procedimiento para la selección de los Grupos de Desarrollo
Rural Candidatos y la concesión de la ayuda preparatoria para la elaboración de las
Estrategias de Desarrollo Local LEADER en concurrencia competitiva, la selección de las
mismas y el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027, y a
la Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Industrias, Innovación
y Cadena Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento de los Grupos de
Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027, su denominación, la Zona Rural Leader asignada,
su código y la asignación económica destinada a la implementación de las Estrategias de
Desarrollo Local seleccionadas. No se podrá obtener la condición de entidad beneficiaria,
cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 3.2 de la Orden de 24
de febrero de 2025.