3. Otras disposiciones. . (2025/68-58)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 24 de marzo de 2025, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión para el curso 2025-2026 en los estudios universitarios de grado.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5017/8
Artículo 5. Solicitantes con Discapacidad o Necesidades Educativas Especiales
Asociadas a una Discapacidad, Deportistas de Alto Nivel o de Alto Rendimiento, Víctimas
de Violencia de Género o personas en riesgo de exclusión social residentes en Andalucía
o en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318619
realizado. Estas calificaciones serán tenidas en cuenta cuando se hayan superado en la
convocatoria en la que se participa o desde el curso 2022/2023 y, además, se reúnan en
la misma convocatoria o anterior los requisitos de acceso a la universidad.
La documentación requerida se deberá aportar en el momento de la presentación
de la solicitud, en su caso, traducida al idioma español, aunque no necesariamente por
intérprete jurado y/o legalizada. Una vez efectuada la matrícula, dicha documentación
deberá entregarse, en la forma que determine la universidad en la que se haya matriculado
y, si así se le requiriese, traducida por intérprete jurado y/o legalizada según los acuerdos
suscritos por el país emisor de la documentación requerida.
9. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, distintos obtenidos o
realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión
Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables en materia
de acceso a la universidad, en régimen de reciprocidad, homologados o declarados
equivalentes al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, o hayan solicitado su
homologación.
• Acreditación de la homologación de su título al del bachiller español, o en su defecto,
resguardo de haberla solicitado.
• Adicionalmente, para participar en la fase de extranjeros, lo establecido en el
Acuerdo de 24 de febrero de 2025, de la Comisión del Distrito Único Universitario de
Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes
extranjeros para el curso 2025-2026, en los estudios Universitarios de Grado, publicado
por Resolución de la Dirección General de Coordinación Universitaria de 3 de marzo de
2025 (BOJA núm. 46, de 10 de marzo de 2025).
• Si participan en la fase ordinaria o extraordinaria:
a) Documento acreditativo de haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad,
o prueba equivalente, con indicación expresa de la calificación de acceso a la universidad
y de cada una de materias superadas, el año y la convocatoria.
b) Documento acreditativo de haber superado las Pruebas de Competencias
Específicas (PCE) organizadas por la UNED de las materias obligatorias que conforman
la Prueba de Acceso a la Universidad prevista en el artículo 38 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, y regulada en el Capítulo III del Real Decreto 534/2024, de 11 de
junio, o su equivalente.
• Si participan en la fase ordinaria o extraordinaria:
a) Podrán aportar para su valoración, en su caso, haber realizado pruebas conforme a
lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, o su equivalente
en normas anteriores, que a tal fin efectúan las universidades públicas españolas para
mejorar la nota de admisión, en el que expresamente conste la/s materia/s de que se
trate/n, el año y convocatoria de superación, las calificaciones obtenidas de cada una de
ellas e indicación expresa de la norma por la que se han realizado. Estas calificaciones
serán tenidas en cuenta cuando se hayan superado en el curso 2022/2023 o posterior
y, además, se reúnan en la misma convocatoria o anterior los requisitos de acceso a la
universidad.
10. Cumplir otros requisitos académicos exigidos para el acceso a la universidad
distinto a los anteriores:
• Con carácter general, los documentos que acrediten que reúnen los requisitos
para el acceso a los estudios universitarios que deseen cursar, acompañados de los
certificados de calificaciones de estos, y, en su caso, de aquellos otros que expresamente
les requiera la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5017/8
Artículo 5. Solicitantes con Discapacidad o Necesidades Educativas Especiales
Asociadas a una Discapacidad, Deportistas de Alto Nivel o de Alto Rendimiento, Víctimas
de Violencia de Género o personas en riesgo de exclusión social residentes en Andalucía
o en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318619
realizado. Estas calificaciones serán tenidas en cuenta cuando se hayan superado en la
convocatoria en la que se participa o desde el curso 2022/2023 y, además, se reúnan en
la misma convocatoria o anterior los requisitos de acceso a la universidad.
La documentación requerida se deberá aportar en el momento de la presentación
de la solicitud, en su caso, traducida al idioma español, aunque no necesariamente por
intérprete jurado y/o legalizada. Una vez efectuada la matrícula, dicha documentación
deberá entregarse, en la forma que determine la universidad en la que se haya matriculado
y, si así se le requiriese, traducida por intérprete jurado y/o legalizada según los acuerdos
suscritos por el país emisor de la documentación requerida.
9. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, distintos obtenidos o
realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión
Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables en materia
de acceso a la universidad, en régimen de reciprocidad, homologados o declarados
equivalentes al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, o hayan solicitado su
homologación.
• Acreditación de la homologación de su título al del bachiller español, o en su defecto,
resguardo de haberla solicitado.
• Adicionalmente, para participar en la fase de extranjeros, lo establecido en el
Acuerdo de 24 de febrero de 2025, de la Comisión del Distrito Único Universitario de
Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes
extranjeros para el curso 2025-2026, en los estudios Universitarios de Grado, publicado
por Resolución de la Dirección General de Coordinación Universitaria de 3 de marzo de
2025 (BOJA núm. 46, de 10 de marzo de 2025).
• Si participan en la fase ordinaria o extraordinaria:
a) Documento acreditativo de haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad,
o prueba equivalente, con indicación expresa de la calificación de acceso a la universidad
y de cada una de materias superadas, el año y la convocatoria.
b) Documento acreditativo de haber superado las Pruebas de Competencias
Específicas (PCE) organizadas por la UNED de las materias obligatorias que conforman
la Prueba de Acceso a la Universidad prevista en el artículo 38 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, y regulada en el Capítulo III del Real Decreto 534/2024, de 11 de
junio, o su equivalente.
• Si participan en la fase ordinaria o extraordinaria:
a) Podrán aportar para su valoración, en su caso, haber realizado pruebas conforme a
lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, o su equivalente
en normas anteriores, que a tal fin efectúan las universidades públicas españolas para
mejorar la nota de admisión, en el que expresamente conste la/s materia/s de que se
trate/n, el año y convocatoria de superación, las calificaciones obtenidas de cada una de
ellas e indicación expresa de la norma por la que se han realizado. Estas calificaciones
serán tenidas en cuenta cuando se hayan superado en el curso 2022/2023 o posterior
y, además, se reúnan en la misma convocatoria o anterior los requisitos de acceso a la
universidad.
10. Cumplir otros requisitos académicos exigidos para el acceso a la universidad
distinto a los anteriores:
• Con carácter general, los documentos que acrediten que reúnen los requisitos
para el acceso a los estudios universitarios que deseen cursar, acompañados de los
certificados de calificaciones de estos, y, en su caso, de aquellos otros que expresamente
les requiera la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía.