3. Otras disposiciones. . (2025/68-58)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 24 de marzo de 2025, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión para el curso 2025-2026 en los estudios universitarios de grado.
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Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5017/7
• Certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente
las calificaciones y duración –expresada en créditos o en meses‒ obtenidas en las
asignaturas con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
• Certificado emitido por la universidad u organismo oficial del país de origen donde
figure la nota mínima para dar por superada una asignatura, así como la calificación
máxima que es posible obtener.
• De no presentar el primer documento o el segundo, se considerará la calificación
mínima aprobatoria.
• La documentación requerida expedida por universidades extranjeras se deberá
aportar en el momento de la presentación de la solicitud, en su caso, traducida al idioma
español, aunque no necesariamente por persona traductora jurada y/o legalizada. Una
vez efectuada la matrícula, dicha documentación deberá entregarse, en la forma que
determine la universidad en la que se haya matriculado y, si así se le requiriese, traducida
por persona traductora jurada y/o legalizada según los acuerdos suscritos por el país
emisor de la documentación requerida.
5. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años:
• Certificado de haber superado la prueba de acceso para mayores de 25 años, en
donde conste expresamente la rama o ramas del conocimiento y la universidad por la que
se ha superado la Prueba.
6. Estar en posesión de documentación expedida por una universidad andaluza que
acredite el Acceso a la Universidad para Mayores de 40 años con experiencia laboral
o profesional. Estas personas únicamente tendrán acceso a las titulaciones que se
relacionen con las familias profesionales en las que, en su conjunto, obtengan al menos,
5 puntos en el citado procedimiento:
• Credencial en la que conste expresamente la superación del procedimiento de
acceso y la puntuación obtenida en las respectivas familias profesionales.
7. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 45 años en
una universidad de Andalucía:
• Certificado de haber superado la prueba de acceso para mayores de 45 años.
8. Estar en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato
Internacional o de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de
sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con
los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a
la universidad, en régimen de reciprocidad, siempre que dichos estudiantes cumplan los
requisitos académicos en sus sistemas educativos para acceder a sus Universidades.
• Credencial correspondiente que le habilita para el acceso, emitida por la UNED,
en la que figure la calificación que será tenida en cuenta por las Universidades para la
admisión en estudios de Grado según lo establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación y sus disposiciones adicionales trigésima tercera y
trigésima sexta.
• Alternativamente, título, diploma o estudios y la documentación contemplada en el
Acuerdo de 4 junio de 2018, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía,
por el que se establece la relación de títulos, diplomas o estudios y las fórmulas de
traslaciones de calificaciones de los respectivos sistemas educativos al rango de
calificaciones español de estos estudiantes (BOJA núm. 115, de 15 de junio de 2018),
o en los acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a la universidad en
régimen de reciprocidad.
• En el supuesto que se hubiesen realizado pruebas conforme a lo establecido en
el artículo 22 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, o su equivalente en normas
anteriores, que a tal fin efectúan las universidades públicas españolas para mejorar la
nota de admisión, será necesario documento acreditativo en el que expresamente conste
la/s materia/s de que se trate/n, el año y convocatoria de superación, las calificaciones
obtenidas de cada una de ellas e indicación expresa de la norma por la que se han
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318619
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 5017/7
• Certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente
las calificaciones y duración –expresada en créditos o en meses‒ obtenidas en las
asignaturas con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
• Certificado emitido por la universidad u organismo oficial del país de origen donde
figure la nota mínima para dar por superada una asignatura, así como la calificación
máxima que es posible obtener.
• De no presentar el primer documento o el segundo, se considerará la calificación
mínima aprobatoria.
• La documentación requerida expedida por universidades extranjeras se deberá
aportar en el momento de la presentación de la solicitud, en su caso, traducida al idioma
español, aunque no necesariamente por persona traductora jurada y/o legalizada. Una
vez efectuada la matrícula, dicha documentación deberá entregarse, en la forma que
determine la universidad en la que se haya matriculado y, si así se le requiriese, traducida
por persona traductora jurada y/o legalizada según los acuerdos suscritos por el país
emisor de la documentación requerida.
5. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años:
• Certificado de haber superado la prueba de acceso para mayores de 25 años, en
donde conste expresamente la rama o ramas del conocimiento y la universidad por la que
se ha superado la Prueba.
6. Estar en posesión de documentación expedida por una universidad andaluza que
acredite el Acceso a la Universidad para Mayores de 40 años con experiencia laboral
o profesional. Estas personas únicamente tendrán acceso a las titulaciones que se
relacionen con las familias profesionales en las que, en su conjunto, obtengan al menos,
5 puntos en el citado procedimiento:
• Credencial en la que conste expresamente la superación del procedimiento de
acceso y la puntuación obtenida en las respectivas familias profesionales.
7. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 45 años en
una universidad de Andalucía:
• Certificado de haber superado la prueba de acceso para mayores de 45 años.
8. Estar en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato
Internacional o de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de
sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con
los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a
la universidad, en régimen de reciprocidad, siempre que dichos estudiantes cumplan los
requisitos académicos en sus sistemas educativos para acceder a sus Universidades.
• Credencial correspondiente que le habilita para el acceso, emitida por la UNED,
en la que figure la calificación que será tenida en cuenta por las Universidades para la
admisión en estudios de Grado según lo establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación y sus disposiciones adicionales trigésima tercera y
trigésima sexta.
• Alternativamente, título, diploma o estudios y la documentación contemplada en el
Acuerdo de 4 junio de 2018, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía,
por el que se establece la relación de títulos, diplomas o estudios y las fórmulas de
traslaciones de calificaciones de los respectivos sistemas educativos al rango de
calificaciones español de estos estudiantes (BOJA núm. 115, de 15 de junio de 2018),
o en los acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a la universidad en
régimen de reciprocidad.
• En el supuesto que se hubiesen realizado pruebas conforme a lo establecido en
el artículo 22 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, o su equivalente en normas
anteriores, que a tal fin efectúan las universidades públicas españolas para mejorar la
nota de admisión, será necesario documento acreditativo en el que expresamente conste
la/s materia/s de que se trate/n, el año y convocatoria de superación, las calificaciones
obtenidas de cada una de ellas e indicación expresa de la norma por la que se han
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318619
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía