Disposiciones generales. . (2025/62-7)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de becas concedidas por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico para Prácticas Programa Campus Rural de la Universidad de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4493/3

2. No podrán ser beneficiarios del Programa Campus Rural estudiantes que hayan
disfrutado este programa en ediciones anteriores.
3. Deberá estar dispuesto a residir en el lugar donde se realice la práctica durante
todo el periodo, o en su caso, en una población de similares características situada a no
más de 20 km.
4. Además de los requisitos anteriores, las personas solicitantes deberán cumplir
los requisitos específicos del Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la
Universidad de Huelva y por la convocatoria específica, tanto en el momento de realizar
la solicitud como durante el periodo de desarrollo de la práctica.
5. El cese en el cumplimiento de cualquiera de los requisitos exigidos durante el
período de prácticas dará lugar a la pérdida inmediata de la condición de beneficiario del
«Programa Campus Rural».

Sexta. Cuantía de la subvención.
Cada convocatoria establecerá la cuantía de la subvención correspondiente, así
como su periodo de ejecución y justificación, y se publicará en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (BDNS).
El Ministerio transferirá a la Universidad de Huelva, el 90% del Coste total del
Programa, el 10% restante será asumido por la Universidad, en los términos específicos
que se determinan en el convenio.
El Ministerio se compromete a financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en
el presente convenio mediante una aportación máxima de se establecerá anualmente en
convenio (90% del coste total del programa), y estará siempre sujeto a la disponibilidad
presupuestaria vigente, con cargo a la aplicación presupuestaria 14456E45102. La
financiación de este convenio no proviene de los fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, ni de otros programas de financiación europeos.
La Universidad asume los gastos para el desarrollo de las actuaciones previstas en
las presentes bases por un importe máximo del 10% del coste total del programa, para
el que dispone de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 800000
422D 120.00.
La subvención esta recogida dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la
Universidad de Huelva 2025-2027, (aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de enero
de 2025), publicado en el BOUH. Núm. 100-2025. Código de la línea de Subvención
PESUHU/ 2025/47.
Séptima. Liquidación.
El cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a su liquidación. Si el importe
de las actuaciones ejecutadas por alguna de las partes fuera inferior a los fondos que la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinta. Convocatorias y criterios objetivos de otorgamiento.
1. La convocatoria y adjudicación de las becas se realizará conforme a los principios
de objetividad y publicidad.
2. La convocatoria fijará los criterios de prioridad que permitan establecer una relación
de las solicitudes presentadas de entre los que se enumeran a continuación:
a) La nota media del expediente.
b) El número de créditos superados en esa fecha.
c) Participación del estudiantado en actividades extraacadémicas que mejoran su
empleabilidad (actividades ofertadas por servicios de empleo, voluntariado, etc.).
3. En caso de empate, se priorizará:
Estudiante que acredite un mayor número de créditos superados en el curso
académico indicado, y si persiste el empate se atenderá a la letra resultante del sorteo
de la Secretaría de Estado del año en curso a que se refiere el reglamento general de
ingreso de la administración del Estado.