3. Otras disposiciones. . (2025/62-37)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del I Convenio Colectivo de la empresa Garamastasur, S.L.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4434/4

Disposición final.
Anexo 1. Descripción especialidades profesionales Grupo 1.
Anexo 2. Descripción especialidades profesionales Grupo 2.
Anexo 3. Descripción especialidades profesionales Grupo 3.
Anexo 4. Descripción especialidades profesionales Grupo 4.
Anexo 5. Descripción especialidades profesionales Grupo 5.
Anexo 6. Tablas salariales año 2025.
TÍTULO PRELIMINAR
DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

CAPÍTULO I
Partes firmantes
Artículo 1. Partes signatarias.
Son partes firmantes del presente Convenio, de una parte, la empresa, y de otra
parte las organizaciones sindicales ATIDA y UGT, que se reconocen la representatividad
para negociar de conformidad con los artículos 87 y 89 ET, y constituyen la mesa de
negociación con la legitimación concedida por el artículo 88 ET, para dar a este Convenio
el carácter de estatutario.
CAPÍTULO II
Ámbito de aplicación
Artículo 2. Ámbito funcional.
El presente Convenio será de aplicación a la empresa Garamastasur, S.L., cuyo
ámbito de aplicación de este Convenio englobará a la misma, sea cual sea la forma de
venta, actividad o gestión comercial que realice.
Actividades que engloban este Convenio, son aquellas definidas en el artículo 10 de
este Convenio.
Artículo 3. Ámbito territorial.
Las normas contenidas en el presente Convenio serán de aplicación en todos los
centros de trabajo de la empresa en el territorio nacional, siempre que la representación
de las personas trabajadoras firmantes del convenio se corresponda con dicho ámbito
territorial, conforme al principio de correspondencia establecido en la legislación vigente.

Artículo 5. Ámbito temporal.
La duración del presente Convenio será desde el día 1.1.2025 al 31.12.2027 ambos
inclusive, con independencia de su publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318036

Artículo 4. Ámbito personal.
El presente Convenio regulará las relaciones laborales del personal dedicado a la
actividad de la mencionada empresa, de acuerdo con el objeto social definido, mediante
contrato de trabajo cualesquiera que fuesen sus cometidos ya sea personal fijo, temporal,
a tiempo parcial o con cualquier otra modalidad de contratación vigente.