3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/91
contratación, a la vista del contenido del informe previo emitido por el
responsable de la Unidad de Gasto regulado en los epígrafes i y ii anteriores, se
emitirá una declaración responsable firmada por el órgano de contratación que
corresponda.
iii.
Presupuesto seleccionado, donde figure el NIF de la empresa, nombre,
descripción suficiente, importe reflejando la partida de IVA, garantía y plazo de
entrega.
Si no se adjunta presupuesto, deberá aportar en todo caso la información
necesaria para poder hacer la reserva de crédito con todos los datos precisos.
No obstante, el presupuesto será obligatorio en todas aquellas propuestas que
precisen la formalización de contrato por interés de la Institución.
La tramitación de contratos menores de importe superior a 10.000 euros, IVA
excluido, deberá contar necesariamente de tres presupuestos de empresas
capacitadas o acreditación de su solicitud, salvo que por razones técnicas o
artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de
exclusiva el contrato sólo pueda encomendarse a un empresario determinado,
conforme con los requisitos que la legislación establezca en relación a esta
materia, debiéndose constatar y acreditar de forma clara e irrefutable en el
expediente que concurre dicha exclusividad.
iv.
En el caso de obras, deben adjuntar el informe de viabilidad de las mismas
emitido por el Área de Infraestructuras.
v.
El contrato deberá incluir necesariamente el plazo de duración o ejecución del
mismo. En cualquier caso, constará en el registro del pedido los datos que
según la Ley de Contratos del Sector Público deberán publicarse con carácter
trimestral en aquellos menores de importe igual o superior a 5.000 euros, o
importe inferior si su abono se realiza a través de pago directo.
6.4. La solicitud será gestionada por la Administración tramitadora, que comprobará que se
acompaña la motivación de la necesidad, declaración de no división del objeto del contrato,
idoneidad del gasto según la partida aprobada por el solicitante, así como cualquier otro dato
que resulte imprescindible para la correcta reserva del expediente.
00318047
6.5. En caso de detectarse por la Administración tramitadora que falta cualquier información o
documentación de carácter necesario para la gestión, se lo comunicará al solicitante a la mayor
brevedad, a fin de que pueda subsanar su petición, o bien, darle otro curso en función de la
necesidad y el procedimiento que corresponda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/91
contratación, a la vista del contenido del informe previo emitido por el
responsable de la Unidad de Gasto regulado en los epígrafes i y ii anteriores, se
emitirá una declaración responsable firmada por el órgano de contratación que
corresponda.
iii.
Presupuesto seleccionado, donde figure el NIF de la empresa, nombre,
descripción suficiente, importe reflejando la partida de IVA, garantía y plazo de
entrega.
Si no se adjunta presupuesto, deberá aportar en todo caso la información
necesaria para poder hacer la reserva de crédito con todos los datos precisos.
No obstante, el presupuesto será obligatorio en todas aquellas propuestas que
precisen la formalización de contrato por interés de la Institución.
La tramitación de contratos menores de importe superior a 10.000 euros, IVA
excluido, deberá contar necesariamente de tres presupuestos de empresas
capacitadas o acreditación de su solicitud, salvo que por razones técnicas o
artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de
exclusiva el contrato sólo pueda encomendarse a un empresario determinado,
conforme con los requisitos que la legislación establezca en relación a esta
materia, debiéndose constatar y acreditar de forma clara e irrefutable en el
expediente que concurre dicha exclusividad.
iv.
En el caso de obras, deben adjuntar el informe de viabilidad de las mismas
emitido por el Área de Infraestructuras.
v.
El contrato deberá incluir necesariamente el plazo de duración o ejecución del
mismo. En cualquier caso, constará en el registro del pedido los datos que
según la Ley de Contratos del Sector Público deberán publicarse con carácter
trimestral en aquellos menores de importe igual o superior a 5.000 euros, o
importe inferior si su abono se realiza a través de pago directo.
6.4. La solicitud será gestionada por la Administración tramitadora, que comprobará que se
acompaña la motivación de la necesidad, declaración de no división del objeto del contrato,
idoneidad del gasto según la partida aprobada por el solicitante, así como cualquier otro dato
que resulte imprescindible para la correcta reserva del expediente.
00318047
6.5. En caso de detectarse por la Administración tramitadora que falta cualquier información o
documentación de carácter necesario para la gestión, se lo comunicará al solicitante a la mayor
brevedad, a fin de que pueda subsanar su petición, o bien, darle otro curso en función de la
necesidad y el procedimiento que corresponda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja