3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/77
3. Con cargo a los libramientos efectuados a justificar únicamente podrán satisfacerse obligaciones del
ejercicio corriente.
4. Pueden solicitar mandamientos de pago a justificar quienes sean titulares, a título personal o en función
de su cargo, de dotaciones presupuestarias aprobadas o créditos concedidos con destino específico.
5. La autorización para la expedición de los mandamientos de pago a justificar corresponde al Rector.
6. Los mandamientos de pago a justificar, excepcionalmente, se podrán autorizar para la atención de
gastos menores y de pronto pago y, en general, para aquéllos que no sea posible justificar con anterioridad
al pago. No obstante, no se autorizarán estos mandamientos de pago siempre que puedan ser atendidos
a través de las Cajas Habilitadas, salvo que se produzcan situaciones excepcionales que así lo aconsejen
previo informe favorable de la Gerente.
7. Los perceptores de estas órdenes de pago deberán justificar la aplicación de las cantidades recibidas
antes del 31 de diciembre, quedando obligados al estricto cumplimiento de todas y cada una de las
normas que rigen la realización de gastos y pagos de esta naturaleza.
8. No se expedirán nuevos mandamientos de pago a justificar a un responsable de Unidad de Gasto en
tanto no hayan sido justificados los anteriores, con las excepciones que se establezcan en el Manual de
Gestión del Gasto o norma de aplicación.
El importe de las órdenes de pago que se expidan se abonará por transferencia a las cuentas corrientes
que las respectivas Unidades de Gasto tengan autorizadas. Los intereses que, en su caso, produzcan los
referidos fondos se ingresarán en la Tesorería de la Universidad de Cádiz con aplicación a los conceptos
correspondientes de su presupuesto de ingresos.
00318047
9. Cuando al 31 de diciembre la justificación arroje un saldo a favor de la Universidad, éste deberá
ingresarse en la cuenta corriente que determine la Gerente de la Universidad de Cádiz, presentándose el
resguardo del ingreso como parte de la justificación, o incluyéndose como parte del importe de un nuevo
mandamiento de pago a justificar que se solicite.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/77
3. Con cargo a los libramientos efectuados a justificar únicamente podrán satisfacerse obligaciones del
ejercicio corriente.
4. Pueden solicitar mandamientos de pago a justificar quienes sean titulares, a título personal o en función
de su cargo, de dotaciones presupuestarias aprobadas o créditos concedidos con destino específico.
5. La autorización para la expedición de los mandamientos de pago a justificar corresponde al Rector.
6. Los mandamientos de pago a justificar, excepcionalmente, se podrán autorizar para la atención de
gastos menores y de pronto pago y, en general, para aquéllos que no sea posible justificar con anterioridad
al pago. No obstante, no se autorizarán estos mandamientos de pago siempre que puedan ser atendidos
a través de las Cajas Habilitadas, salvo que se produzcan situaciones excepcionales que así lo aconsejen
previo informe favorable de la Gerente.
7. Los perceptores de estas órdenes de pago deberán justificar la aplicación de las cantidades recibidas
antes del 31 de diciembre, quedando obligados al estricto cumplimiento de todas y cada una de las
normas que rigen la realización de gastos y pagos de esta naturaleza.
8. No se expedirán nuevos mandamientos de pago a justificar a un responsable de Unidad de Gasto en
tanto no hayan sido justificados los anteriores, con las excepciones que se establezcan en el Manual de
Gestión del Gasto o norma de aplicación.
El importe de las órdenes de pago que se expidan se abonará por transferencia a las cuentas corrientes
que las respectivas Unidades de Gasto tengan autorizadas. Los intereses que, en su caso, produzcan los
referidos fondos se ingresarán en la Tesorería de la Universidad de Cádiz con aplicación a los conceptos
correspondientes de su presupuesto de ingresos.
00318047
9. Cuando al 31 de diciembre la justificación arroje un saldo a favor de la Universidad, éste deberá
ingresarse en la cuenta corriente que determine la Gerente de la Universidad de Cádiz, presentándose el
resguardo del ingreso como parte de la justificación, o incluyéndose como parte del importe de un nuevo
mandamiento de pago a justificar que se solicite.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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