3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/71
2. El medio preferente de pago es la transferencia bancaria. En casos excepcionales y/o por razones de
oportunidad se podrá utilizar el cheque nominativo o el pago en efectivo.
3. En su caso, el pago mediante tarjeta electrónica sólo se podrá realizar en los casos en los que así se
autorice expresamente por el Rector.
CAPÍTULO III. Cajas Habilitadas.
Artículo 81. Cajas Habilitadas autorizadas.
1. A fin de agilizar el proceso de pago, en el ejercicio 2025 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Área de Deportes.
Campus Bahía de Algeciras.
Campus de Cádiz.
Campus de Jerez.
Campus de Puerto Real.
Consejo Social.
2. A fin de agilizar el proceso de pago y adecuar el mismo a las necesidades de la estructura organizativa,
la Gerente podrá acordar la puesta en marcha de nuevas Cajas Habilitadas o modificar las existentes.
Artículo 82. Finalidad.
La finalidad de las Cajas Habilitadas es recibir los fondos que la Universidad de Cádiz le transfiera mediante
anticipos para atender las necesidades de las Unidades de Gastos correspondientes.
Artículo 83. Ejecución de los pagos.
1. El ejecutor de los pagos será en orden descendente:
a)
El Administrador.
00318047
b) En ausencia del anterior, el Jefe de Sección que tenga encomendadas las funciones de gestión en
materia económico presupuestaria y, en su ausencia, el Técnico que determine el Administrador.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/71
2. El medio preferente de pago es la transferencia bancaria. En casos excepcionales y/o por razones de
oportunidad se podrá utilizar el cheque nominativo o el pago en efectivo.
3. En su caso, el pago mediante tarjeta electrónica sólo se podrá realizar en los casos en los que así se
autorice expresamente por el Rector.
CAPÍTULO III. Cajas Habilitadas.
Artículo 81. Cajas Habilitadas autorizadas.
1. A fin de agilizar el proceso de pago, en el ejercicio 2025 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Área de Deportes.
Campus Bahía de Algeciras.
Campus de Cádiz.
Campus de Jerez.
Campus de Puerto Real.
Consejo Social.
2. A fin de agilizar el proceso de pago y adecuar el mismo a las necesidades de la estructura organizativa,
la Gerente podrá acordar la puesta en marcha de nuevas Cajas Habilitadas o modificar las existentes.
Artículo 82. Finalidad.
La finalidad de las Cajas Habilitadas es recibir los fondos que la Universidad de Cádiz le transfiera mediante
anticipos para atender las necesidades de las Unidades de Gastos correspondientes.
Artículo 83. Ejecución de los pagos.
1. El ejecutor de los pagos será en orden descendente:
a)
El Administrador.
00318047
b) En ausencia del anterior, el Jefe de Sección que tenga encomendadas las funciones de gestión en
materia económico presupuestaria y, en su ausencia, el Técnico que determine el Administrador.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja