3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4445/55

2. En la fijación de los precios públicos por estudios conducentes tendentes a la obtención de títulos
propios, se tendrá en cuenta prioritariamente el principio de estimación del coste, por lo que su cuantía
tenderá a cubrir la totalidad de los gastos que supongan la celebración de dichas enseñanzas.

3. El coste total a que se refiere el apartado anterior tendrá en cuenta los costes indirectos en que incurre
la actividad.

4. La normativa reguladora de los estudios que conduzcan a la obtención de un título propio de la
Universidad de Cádiz podrá establecer que una parte de los ingresos que se generen por su prestación
pueda destinarse con carácter general a la atención de políticas y actuaciones consideradas de carácter
prioritario por los órganos de gobierno de la Universidad. En ausencia de mención expresa en la norma
reguladora del servicio, esta afectación a la atención de actividades de carácter prioritario podrá ser
acordada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz.

Artículo 62. Precios Públicos.
1. Los precios públicos a satisfacer por la prestación del servicio público de la educación superior en la
Universidad de Cádiz, en las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en
todo el territorio nacional, serán los indicados en el Decreto autonómico en el que se fijan los precios
públicos y tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios del
curso académico correspondiente.

2. No existirán más bonificaciones y/o compensaciones que las contempladas en la normativa vigente.

3. El resto de precios públicos por prestación de servicios, se ajustarán y gestionarán según lo indicado en
la Tarifa de Precios Públicos que figuran como Anexo a las presentes normas de ejecución del presupuesto.

4. Los que no aparezcan en la Tarifa vigente se aprobarán por el órgano competente previa presentación
de una memoria justificativa.

Artículo 63. Ingresos patrimoniales.

00318047

1. La contraprestación derivada de concesiones y aprovechamientos especiales, incluidos los ingresos que
se generen por la explotación de patentes de las que sea titular la Universidad de Cádiz, se ajustará y
gestionará de acuerdo a lo que establezca la resolución que las otorgue y demás legislación aplicable.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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