3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
344 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4445/54

TÍTULO IV: Ejecución del presupuesto.
CAPÍTULO I: Ingresos
Artículo 59. Globalidad de los ingresos.
Todos los ingresos de la Universidad de Cádiz se destinan de manera global a financiar el conjunto de
gastos, excepto que por su carácter o por un acuerdo concreto del órgano competente, queden afectados
como ingresos finalistas o específicos.

Artículo 60. Ingresos de naturaleza afectada o de carácter específico.
1. Son ingresos afectados los que financian conceptos de gasto de manera directa o específica, que afectan
a inversiones, proyectos y a otras actividades de investigación, o relacionados con cualquier otra actividad
de la Universidad.

2. Los ingresos específicos (Convenio, Proyecto, Curso, Congreso, Jornada, Contrato de Investigación,
etc.), tendrán efectos económicos desde el momento en que se produzca su efectiva recaudación.

3. No obstante, procederá realizar generaciones de créditos por ingresos afectados o de carácter
específico, expresamente autorizados por la Gerente de la Universidad de Cádiz, que no se encuentren
efectivamente recaudados, cuya financiación lo sea por derechos reconocidos o compromisos de
ingresos, con las condiciones y trámites establecidos en las presentes Normas de Ejecución del
Presupuesto para las modificaciones de crédito.

4. Los ingresos finalistas o de carácter específico, se destinarán a la finalidad establecida en el acuerdo de
concesión y los gastos afectados serán objeto de contabilización independiente para facilitar su
justificación.

1. Los derechos de matrícula para estudios que conduzcan a la obtención de un título propio de la
Universidad de Cádiz los fijará el Consejo Social y tendrán la consideración de precios por servicios
académicos universitarios y al menos en un 75%, estarán directamente afectados a la financiación de los
gastos de los estudios que en ellos se realicen.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318047

Artículo 61. Derechos de matrícula para estudios de títulos propios de la Universidad de Cádiz y coste
de los servicios.