Disposiciones generales. . (2025/59-1)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, las subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la gestión, la tecnificación y el rendimiento deportivo de las federaciones deportivas andaluzas (modalidad GTRD).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025

página 4248/2

RESU ELVO
Primero. Convocar para el ejercicio de 2025 las subvenciones en materia de deporte,
en régimen de concurrencia competitiva, para el Fomento de la Gestión, la Tecnificación
y el Rendimiento Deportivo (modalidad GTRD).
El objeto de la convocatoria es el fomento de proyectos dirigidos a la mejora de la
gestión y el funcionamiento de las Federaciones deportivas andaluzas y que contribuyan
a la tecnificación del entrenamiento y al aumento del rendimiento deportivo de los
deportistas andaluces.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 29 de marzo de 2023, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de las subvenciones dirigidas a las Federaciones deportivas andaluzas para
el Fomento de la Gestión, la Tecnificación y el Rendimiento Deportivo (modalidad GTRD),
publicada en el BOJA núm. 65, de 5 de abril de 2023.
Segundo. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Tercero. Podrán solicitar estas subvenciones las Federaciones Deportivas andaluzas
que estén inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas con anterioridad a
la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la convocatoria. Será
el propio Registro Andaluz de Entidades Deportivas, que depende de esta Dirección
General, el que emita un certificado de inscripción de la entidad deportiva a la fecha de
finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Cuarto. Se propone la aprobación de los formularios que se indican y que constan
como anexos a la resolución, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas
y, en su caso, los trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentación y
aceptación:
- Formulario de solicitud (Anexo I).
- Formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y
la presentación de documentos (Anexo II).
Se puede acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones en la web http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index

Sexto. Las subvenciones concedidas para el Fomento de la Gestión, la Tecnificación y
el Rendimiento Deportivo se financiarán, en los ejercicios 2025-2026, con cargo a la partida
presupuestaria 1900010000 G/46B/48901/00 01. La cuantía total máxima de la convocatoria
asciende a 7.030.000 euros, encontrándose limitada, en todo caso, la concesión de las
ayudas objeto de la presente convocatoria por las disponibilidades presupuestarias.
Además de la cuantía total máxima indicada, la presente convocatoria podría
contar con una cuantía adicional dentro de los créditos disponibles, cuya aplicación a la
concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La cuantía adicional
que no figura actualmente en el presupuesto que se pudiese obtener con anterioridad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317851

Quinto. La solicitud deberá cumplimentarse a través del acceso establecido al efecto en la
página web de la Consejería, en la dirección:
https://www.juntadeandalucia.es/deporte/dpweb/buscadorOV/index?offset=10&max=10
pudiéndose presentar exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la
Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html